PLANETA CANARIO
Elías Navarro, licenciado en Derecho y portavoz de la Plataforma de Afectados por la Carretera de la Costa en Tazacorte, defiende modificar al menos 4 leyes nacionales para evitar el “agravio y la ablación de derechos” a los canarios en caso de resultar damnificados por catástrofes volcánicas como la de 2021 en el Valle de Aridane: Código Civil, Expropiación Forzosa, Hipotecaria y Seguros.
Navarro, opositor a juez, se puso al frente del colectivo que ha logrado parar la construcción de una autovía que hubiera pasado por medio de sus plataneras y barrios de Tazacorte, en una lucha que logró el apoyo de cerca de 40.000 firmas en internet y en papel. Se trata de uno de los pocos casos de infraestructuras viarias de este tipo que se han dejado de construir en Canarias por la oposición vecinal. Un proyecto que se planteó tras la erupción volcánica en el Valle de Aridane y que una parte de la opinión pública considera innecesario y con fines especulativos ya que el norte y el sur de esta comarca, que llegaron a estar desconectados por la lava, se volvieron a unir gracias a la carretera entre Las Norias y La Laguna.

Este jurista defiende la modificación de al menos cuatro leyes estatales en las Cortes para que la recuperación socioeconómica de la población y la zona afectada por la erupción de 2021 en La Palma sea más rápida y garante de derechos, y además para que los habitantes de Canarias cuenten con esa protección para futuros desastres naturales de este tipo en el futuro.
Sostiene además que la legislación estatal debe modificarse porque el hecho de que no exista una regulación específica en España para estas catástrofes supone «una ablación a la dignificad del pueblo canario», siendo el Archipiélago el único territorio español con riesgo volcánico, según ha declarado en una entrevista con ELValledeAridane.com, el diario solidario editado por la ONG Tierra Bonita gracias al libro benéfico Las otras historias del volcán.
El Código Civil: la propiedad
La primera ley que, a su juicio, debe modificarse, es la del Código Civil, para que reconozca de forma expresa que la propiedad de los terrenos afectados por la lava es de propietarios del suelo que quedó sepultado.
Este jurista nacido en Argual (Los Llanos de Aridane) quiere aclarar que con ello no quiere decir que los afectados del volcán hayan perdido la condición de propietarios, sino que, al no estar expresamente plasmado en el Código Civil ni existir jurisprudencia sobre qué norma aplicar por analogía a una erupción, dejarlo explícito en la ley siempre es preferible a que no lo esté.
«Una discriminación a los canarios»
Las afecciones por catástrofes naturales a bienes inmuebles se encuentran recogidas en la Sección Segunda del capítulo segundo del título segundo del libro Segundo del Código Civil en los artículos 366 al 374, donde no se mencionan las erupciones volcánicas ni, por tanto, los derechos o la regulación sobre las propiedades afectadas, como sí ocurre en otro tipo de fenómenos geológicos.
La solución sería sencilla y en las Cortes se podría aprobar con consenso: bastaría, afirma, con agregar un artículo por ejemplo, el 366 bis, que reconociera que todos aquellos terrenos que se ven afectados por una erupción volcánica continúan conservando la titularidad el anterior propietario.
Desde su punto de vista, el actual marco jurídico encierra «una discriminación con el pueblo canario, un agravio comparativo con otro tipo de catástrofes, porque al final somos el único lugar con vulcanismo activo y no se nos protege en ninguna regulación específica en el Código Civil».
Ley de Expropiación Forzosa
Por otro lado, en el caso de expropiaciones de terrenos que sepultaron fincas agrarias para construir infraestructuras públicas, este suelo debería ser indemnizado teniendo en cuenta su potencial productivo, en el sentido de que las explotaciones agrícolas se pueden reconstruir, dados los claros antecedentes históricos de que sobre la lava de anteriores erupciones, como la de volcán de San Juan en 1949, se llevaron a cabo sorribas y dio lugar a «Las Hoyas, una de las zonas de mejor producción de agricultura de toda Canarias».
Lava sobre plataneras que pueden reconstruirse

En este sentido, apunta que algunos informes técnicos de la Administración estatal no concuerdan con los informes elaborados por la propia Administración autonómica, «ya que la propia Consejería de Agricultura del Gobierno canario es la que promueve la recuperación sobre la lava de hasta 350 hectáreas de agricultura que sepultó el volcán».
Ley de Seguros: el terreno, también
Navarro también se hace eco de que hay «un clamor» entre los afectados del volcán para que se modifiquen tanto la Ley de Seguros como la Ley Hipotecaria, que data de 1946.
En el caso de la primera, hay que tener en cuenta que «las plataneras, en cuanto tierras agrarias, no se podían asegurar, de modo que quien las perdió no pudo cobrar indemnización, por lo que en Canarias sí se debería permitir esa posibilidad» de cobertura en las pólizas. Por eso, este jurista bagañete reivindica que «no solo se puedan asegurar inmuebles, sino todos aquellos terrenos susceptibles de cualquier tipo de explotación económica».

Ley de Hipotecas: condonación de deuda
En lo referido a las hipotecas, en este tipo de catástrofes «debería haber previsión legal de condonación de la deuda pendiente, cuanto menos en las primeras viviendas», ya que no parece justo que se siga pagando un crédito hipotecario por un inmueble que ya ha desaparecido bajo la lava. Máxime, apunta Navarro, «cuando hemos visto que hay muchas familias a las que se les han ofrecido soluciones provisionales que no ofrecen dignidad».
Dicho todo esto, considera que la “coyuntura actual, con la negociación para la investidura del presidente de la nación de por medio, abre un ventana para zanjar esta vetusta deuda con nuestro pueblo, equiparándonos con el resto del territorio nacional y dejando de lado este gran agravio comparativo donde se nos trata como ciudadanos de segunda”.
La Ley de Volcanes de iniciativa popular, una oportunidad
Y en el ámbito autonómico también cree que podría ser interesante alguna modificación en la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, para «dar facilidades a la hora de reconstruir y de los informes necesarios para establecer las construcciones o cambios de uso en zonas donde hayan habido erupciones volcánicas para darle una mayor agilidad al procedimiento».