PLANETA CANARIO
La fase 1 de la desescalada de las restricciones del Covid-19 que comienza este lunes 11 de mayo en Canarias permitirá moverse dentro de una isla, para ir a ver en otros domicilios a familiares o amigos en vehículo privado, según ha puntualizado este domingo 10 de mayo la Delegación del Gobierno.
Dentro del complicado puzle que supone regular esta situación, el Ministerio de Sanidad hasta ahora ha establecido que en el caso de grupos de riesgo, como personas con patologías previas o ancianos, no se les puede exponer a posibles contagios. Tampoco está permitido salir de casa a quienes tengan síntomas compatibles con el coronavirus o están en cuarentena por haber dado positivo de esta enfermedad.
A las terrazas a cualquier hora
La Delegación del Gobierno también ha aclarado a PLANETA CANARIO que se podrá ir a tomar algo a una terraza sin límite horario, respetando siempre la distancia de seguridad.
Para caminar o hacer deporte, franjas horarias por edades
Se mantienen las franjas horarias ya conocidas por edades en el caso de salir a la calle para hacer ejercicio, bien sea caminar o hacer deporte, o jugar, en el caso de los niños, para evitar aglomeraciones en espacios públicos (de 6 a 10 y de 20 a 23 horas por norma general; de 10 a 12 horas y de 10 a 20 horas las personas dependientes y mayores de 70 años; y de 12 a 19 horas los menores de 14 años, sistema que no se aplica en municipios de menos de 5.000 habitantes). El Gobierno canario podría adelantar o retrasar estos horarios hasta en dos horas, pero de momento no hay cambios.
Hasta 9 personas en vehículo privado
Podrán viajar por carretera en vehículo privado dentro de cada isla tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio, sin necesidad de llevar mascarilla, según establece una orden publicada este domingo 11 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Motocicletas
En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio para el pasajero y para el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
Transporte público terrestre
En vehículos públicos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
Guaguas públicas y privadas

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en guagua así como en el tranvía, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se limitará la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero.
Como única excepción a esta norma el operador podrá ubicar en asientos contiguos a personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. En todo caso, en las guaguas se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano e interurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.
PLANETA CANARIO
La fase 1 de la desescalada de las restricciones del Covid-19 que comienza este lunes 11 de mayo en Canarias permitirá moverse dentro de una isla, para ir a ver en otros domicilios a familiares o amigos en vehículo privado, según ha puntualizado este domingo 10 de mayo la Delegación del Gobierno.
Dentro del complicado puzle que supone regular esta situación, el Ministerio de Sanidad hasta ahora ha establecido que en el caso de grupos de riesgo, como personas con patologías previas o ancianos, no se les puede exponer a posibles contagios. Tampoco está permitido salir de casa a quienes tengan síntomas compatibles con el coronavirus o están en cuarentena por haber dado positivo de esta enfermedad.
A las terrazas a cualquier hora
La Delegación del Gobierno también ha aclarado a PLANETA CANARIO que se podrá ir a tomar algo a una terraza sin límite horario, respetando siempre la distancia de seguridad.
Para caminar o hacer deporte, franjas horarias por edades
Se mantienen las franjas horarias ya conocidas por edades en el caso de salir a la calle para hacer ejercicio, bien sea caminar o hacer deporte, o jugar, en el caso de los niños, para evitar aglomeraciones en espacios públicos (de 6 a 10 y de 20 a 23 horas por norma general; de 10 a 12 horas y de 10 a 20 horas las personas dependientes y mayores de 70 años; y de 12 a 19 horas los menores de 14 años, sistema que no se aplica en municipios de menos de 5.000 habitantes). El Gobierno canario podría adelantar o retrasar estos horarios hasta en dos horas, pero de momento no hay cambios.
Hasta 9 personas en vehículo privado
Podrán viajar por carretera en vehículo privado dentro de cada isla tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio, sin necesidad de llevar mascarilla, según establece una orden publicada este domingo 11 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Motocicletas
En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio para el pasajero y para el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
Transporte público terrestre
En vehículos públicos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
Guaguas públicas y privadas

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en guagua así como en el tranvía, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se limitará la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero.
Como única excepción a esta norma el operador podrá ubicar en asientos contiguos a personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. En todo caso, en las guaguas se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano e interurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.
PLANETA CANARIO
La fase 1 de la desescalada de las restricciones del Covid-19 que comienza este lunes 11 de mayo en Canarias permitirá moverse dentro de una isla, para ir a ver en otros domicilios a familiares o amigos en vehículo privado, según ha puntualizado este domingo 10 de mayo la Delegación del Gobierno.
Dentro del complicado puzle que supone regular esta situación, el Ministerio de Sanidad hasta ahora ha establecido que en el caso de grupos de riesgo, como personas con patologías previas o ancianos, no se les puede exponer a posibles contagios. Tampoco está permitido salir de casa a quienes tengan síntomas compatibles con el coronavirus o están en cuarentena por haber dado positivo de esta enfermedad.
A las terrazas a cualquier hora
La Delegación del Gobierno también ha aclarado a PLANETA CANARIO que se podrá ir a tomar algo a una terraza sin límite horario, respetando siempre la distancia de seguridad.
Para caminar o hacer deporte, franjas horarias por edades
Se mantienen las franjas horarias ya conocidas por edades en el caso de salir a la calle para hacer ejercicio, bien sea caminar o hacer deporte, o jugar, en el caso de los niños, para evitar aglomeraciones en espacios públicos (de 6 a 10 y de 20 a 23 horas por norma general; de 10 a 12 horas y de 10 a 20 horas las personas dependientes y mayores de 70 años; y de 12 a 19 horas los menores de 14 años, sistema que no se aplica en municipios de menos de 5.000 habitantes). El Gobierno canario podría adelantar o retrasar estos horarios hasta en dos horas, pero de momento no hay cambios.
Hasta 9 personas en vehículo privado
Podrán viajar por carretera en vehículo privado dentro de cada isla tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio, sin necesidad de llevar mascarilla, según establece una orden publicada este domingo 11 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Motocicletas
En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio para el pasajero y para el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
Transporte público terrestre
En vehículos públicos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
Guaguas públicas y privadas

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en guagua así como en el tranvía, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se limitará la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero.
Como única excepción a esta norma el operador podrá ubicar en asientos contiguos a personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. En todo caso, en las guaguas se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano e interurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.
PLANETA CANARIO
La fase 1 de la desescalada de las restricciones del Covid-19 que comienza este lunes 11 de mayo en Canarias permitirá moverse dentro de una isla, para ir a ver en otros domicilios a familiares o amigos en vehículo privado, según ha puntualizado este domingo 10 de mayo la Delegación del Gobierno.
Dentro del complicado puzle que supone regular esta situación, el Ministerio de Sanidad hasta ahora ha establecido que en el caso de grupos de riesgo, como personas con patologías previas o ancianos, no se les puede exponer a posibles contagios. Tampoco está permitido salir de casa a quienes tengan síntomas compatibles con el coronavirus o están en cuarentena por haber dado positivo de esta enfermedad.
A las terrazas a cualquier hora
La Delegación del Gobierno también ha aclarado a PLANETA CANARIO que se podrá ir a tomar algo a una terraza sin límite horario, respetando siempre la distancia de seguridad.
Para caminar o hacer deporte, franjas horarias por edades
Se mantienen las franjas horarias ya conocidas por edades en el caso de salir a la calle para hacer ejercicio, bien sea caminar o hacer deporte, o jugar, en el caso de los niños, para evitar aglomeraciones en espacios públicos (de 6 a 10 y de 20 a 23 horas por norma general; de 10 a 12 horas y de 10 a 20 horas las personas dependientes y mayores de 70 años; y de 12 a 19 horas los menores de 14 años, sistema que no se aplica en municipios de menos de 5.000 habitantes). El Gobierno canario podría adelantar o retrasar estos horarios hasta en dos horas, pero de momento no hay cambios.
Hasta 9 personas en vehículo privado
Podrán viajar por carretera en vehículo privado dentro de cada isla tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio, sin necesidad de llevar mascarilla, según establece una orden publicada este domingo 11 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Motocicletas
En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio para el pasajero y para el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
Transporte público terrestre
En vehículos públicos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
Guaguas públicas y privadas

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en guagua así como en el tranvía, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se limitará la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero.
Como única excepción a esta norma el operador podrá ubicar en asientos contiguos a personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. En todo caso, en las guaguas se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano e interurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.
PLANETA CANARIO
La fase 1 de la desescalada de las restricciones del Covid-19 que comienza este lunes 11 de mayo en Canarias permitirá moverse dentro de una isla, para ir a ver en otros domicilios a familiares o amigos en vehículo privado, según ha puntualizado este domingo 10 de mayo la Delegación del Gobierno.
Dentro del complicado puzle que supone regular esta situación, el Ministerio de Sanidad hasta ahora ha establecido que en el caso de grupos de riesgo, como personas con patologías previas o ancianos, no se les puede exponer a posibles contagios. Tampoco está permitido salir de casa a quienes tengan síntomas compatibles con el coronavirus o están en cuarentena por haber dado positivo de esta enfermedad.
A las terrazas a cualquier hora
La Delegación del Gobierno también ha aclarado a PLANETA CANARIO que se podrá ir a tomar algo a una terraza sin límite horario, respetando siempre la distancia de seguridad.
Para caminar o hacer deporte, franjas horarias por edades
Se mantienen las franjas horarias ya conocidas por edades en el caso de salir a la calle para hacer ejercicio, bien sea caminar o hacer deporte, o jugar, en el caso de los niños, para evitar aglomeraciones en espacios públicos (de 6 a 10 y de 20 a 23 horas por norma general; de 10 a 12 horas y de 10 a 20 horas las personas dependientes y mayores de 70 años; y de 12 a 19 horas los menores de 14 años, sistema que no se aplica en municipios de menos de 5.000 habitantes). El Gobierno canario podría adelantar o retrasar estos horarios hasta en dos horas, pero de momento no hay cambios.
Hasta 9 personas en vehículo privado
Podrán viajar por carretera en vehículo privado dentro de cada isla tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio, sin necesidad de llevar mascarilla, según establece una orden publicada este domingo 11 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Motocicletas
En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio para el pasajero y para el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
Transporte público terrestre
En vehículos públicos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
Guaguas públicas y privadas

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en guagua así como en el tranvía, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se limitará la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero.
Como única excepción a esta norma el operador podrá ubicar en asientos contiguos a personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. En todo caso, en las guaguas se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano e interurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.
PLANETA CANARIO
La fase 1 de la desescalada de las restricciones del Covid-19 que comienza este lunes 11 de mayo en Canarias permitirá moverse dentro de una isla, para ir a ver en otros domicilios a familiares o amigos en vehículo privado, según ha puntualizado este domingo 10 de mayo la Delegación del Gobierno.
Dentro del complicado puzle que supone regular esta situación, el Ministerio de Sanidad hasta ahora ha establecido que en el caso de grupos de riesgo, como personas con patologías previas o ancianos, no se les puede exponer a posibles contagios. Tampoco está permitido salir de casa a quienes tengan síntomas compatibles con el coronavirus o están en cuarentena por haber dado positivo de esta enfermedad.
A las terrazas a cualquier hora
La Delegación del Gobierno también ha aclarado a PLANETA CANARIO que se podrá ir a tomar algo a una terraza sin límite horario, respetando siempre la distancia de seguridad.
Para caminar o hacer deporte, franjas horarias por edades
Se mantienen las franjas horarias ya conocidas por edades en el caso de salir a la calle para hacer ejercicio, bien sea caminar o hacer deporte, o jugar, en el caso de los niños, para evitar aglomeraciones en espacios públicos (de 6 a 10 y de 20 a 23 horas por norma general; de 10 a 12 horas y de 10 a 20 horas las personas dependientes y mayores de 70 años; y de 12 a 19 horas los menores de 14 años, sistema que no se aplica en municipios de menos de 5.000 habitantes). El Gobierno canario podría adelantar o retrasar estos horarios hasta en dos horas, pero de momento no hay cambios.
Hasta 9 personas en vehículo privado
Podrán viajar por carretera en vehículo privado dentro de cada isla tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio, sin necesidad de llevar mascarilla, según establece una orden publicada este domingo 11 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Motocicletas
En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio para el pasajero y para el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
Transporte público terrestre
En vehículos públicos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
Guaguas públicas y privadas

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en guagua así como en el tranvía, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se limitará la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero.
Como única excepción a esta norma el operador podrá ubicar en asientos contiguos a personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. En todo caso, en las guaguas se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano e interurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.
PLANETA CANARIO
La fase 1 de la desescalada de las restricciones del Covid-19 que comienza este lunes 11 de mayo en Canarias permitirá moverse dentro de una isla, para ir a ver en otros domicilios a familiares o amigos en vehículo privado, según ha puntualizado este domingo 10 de mayo la Delegación del Gobierno.
Dentro del complicado puzle que supone regular esta situación, el Ministerio de Sanidad hasta ahora ha establecido que en el caso de grupos de riesgo, como personas con patologías previas o ancianos, no se les puede exponer a posibles contagios. Tampoco está permitido salir de casa a quienes tengan síntomas compatibles con el coronavirus o están en cuarentena por haber dado positivo de esta enfermedad.
A las terrazas a cualquier hora
La Delegación del Gobierno también ha aclarado a PLANETA CANARIO que se podrá ir a tomar algo a una terraza sin límite horario, respetando siempre la distancia de seguridad.
Para caminar o hacer deporte, franjas horarias por edades
Se mantienen las franjas horarias ya conocidas por edades en el caso de salir a la calle para hacer ejercicio, bien sea caminar o hacer deporte, o jugar, en el caso de los niños, para evitar aglomeraciones en espacios públicos (de 6 a 10 y de 20 a 23 horas por norma general; de 10 a 12 horas y de 10 a 20 horas las personas dependientes y mayores de 70 años; y de 12 a 19 horas los menores de 14 años, sistema que no se aplica en municipios de menos de 5.000 habitantes). El Gobierno canario podría adelantar o retrasar estos horarios hasta en dos horas, pero de momento no hay cambios.
Hasta 9 personas en vehículo privado
Podrán viajar por carretera en vehículo privado dentro de cada isla tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio, sin necesidad de llevar mascarilla, según establece una orden publicada este domingo 11 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Motocicletas
En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio para el pasajero y para el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
Transporte público terrestre
En vehículos públicos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
Guaguas públicas y privadas

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en guagua así como en el tranvía, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se limitará la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero.
Como única excepción a esta norma el operador podrá ubicar en asientos contiguos a personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. En todo caso, en las guaguas se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano e interurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.
PLANETA CANARIO
La fase 1 de la desescalada de las restricciones del Covid-19 que comienza este lunes 11 de mayo en Canarias permitirá moverse dentro de una isla, para ir a ver en otros domicilios a familiares o amigos en vehículo privado, según ha puntualizado este domingo 10 de mayo la Delegación del Gobierno.
Dentro del complicado puzle que supone regular esta situación, el Ministerio de Sanidad hasta ahora ha establecido que en el caso de grupos de riesgo, como personas con patologías previas o ancianos, no se les puede exponer a posibles contagios. Tampoco está permitido salir de casa a quienes tengan síntomas compatibles con el coronavirus o están en cuarentena por haber dado positivo de esta enfermedad.
A las terrazas a cualquier hora
La Delegación del Gobierno también ha aclarado a PLANETA CANARIO que se podrá ir a tomar algo a una terraza sin límite horario, respetando siempre la distancia de seguridad.
Para caminar o hacer deporte, franjas horarias por edades
Se mantienen las franjas horarias ya conocidas por edades en el caso de salir a la calle para hacer ejercicio, bien sea caminar o hacer deporte, o jugar, en el caso de los niños, para evitar aglomeraciones en espacios públicos (de 6 a 10 y de 20 a 23 horas por norma general; de 10 a 12 horas y de 10 a 20 horas las personas dependientes y mayores de 70 años; y de 12 a 19 horas los menores de 14 años, sistema que no se aplica en municipios de menos de 5.000 habitantes). El Gobierno canario podría adelantar o retrasar estos horarios hasta en dos horas, pero de momento no hay cambios.
Hasta 9 personas en vehículo privado
Podrán viajar por carretera en vehículo privado dentro de cada isla tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio, sin necesidad de llevar mascarilla, según establece una orden publicada este domingo 11 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Motocicletas
En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio para el pasajero y para el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
Transporte público terrestre
En vehículos públicos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
Guaguas públicas y privadas

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en guagua así como en el tranvía, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se limitará la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero.
Como única excepción a esta norma el operador podrá ubicar en asientos contiguos a personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. En todo caso, en las guaguas se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano e interurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.




















































