PLANETA CANARIO
Los motivos de necesidad por los que se puede salir a la calle en este estado de alarma sanitaria por la pandemia del coronavirus están regulados por un real decreto. Desde luego, mantener relaciones sexuales no está incluido como supuesto. Pero es lo que, sorprendentemente, un ciudadano teldense de 53 años alegó ante las fuerzas del orden para justificar el que se hubiera desplazado de Telde al centro de la capital grancanaria. Resultado: una condena con juicio rápido por tamaña ocurrencia.
El Juzgado de Instrucción número 3 de Las Palmas de Gran Canaria lo ha condenado este jueves 26 de marzo al pago de una multa de 720 euros, por desobediencia grave al desoír la orden de confinamiento por el coronavirus. El condenado declaró a los policías que lo detuvieron en la capitalina calle de Luis Doreste Silva que había llegado hasta allí para ir a la casa de su novia con el fin de “mantener relaciones sexuales”.
En sentencia derivada de juicio rápido de conformidad, el órgano judicial en funciones de guardia considera probado que sobre las 1.55 horas del miércoles 25 de marzo, el acusado, “con conocimiento, puesto que se ha difundido ampliamente por los medios de comunicación, que por Decreto 463/2020 de 14 de marzo del presente año, se ha impuesto el confinamiento obligatorio en su domicilio a todos los ciudadanos, con desprecio a dicha disposición de la autoridad”, se hallaba en la calle con tal finalidad.
El acusado confesó los hechos y mostró su conformidad para beneficiarse de una rebaja en la condena. La resolución judicial, que se adjunta, es firme, según ha informado en una nota de presenta el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.