PLANETA CANARIO
El grave problema del acceso a la vivienda para miles de familias canarias ha llevado al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a plantearse, como ya lo ha hecho el consistorio de Adeje, que el municipio sea declarado por el Gobierno zona de mercado residencial tensionada, lo que permitiría tomar medidas de contención de los precios del alquiler, amparadas en la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda, vigente desde el pasado año en el conjunto del Estado.
El alcalde de Santa Cruz, José Manuel Bermúdez, ha dictado una instrucción por la que solicita a la empresa municipal Viviendas, Proyectos y Obras Municipales, S.A., la emisión de un informe “en el que se recoja el análisis de la concurrencia en el municipio, ya sea en su conjunto o en algún ámbito territorial concreto, de las circunstancias habilitantes para obtener la declaración de zona tensionada”, informa el regidor capitalino en un comunicado.
Por otra parte, Bermúdez extiende la instrucción a que “se detalle en las conclusiones, en el caso que se cumplan las condiciones recogidas en el artículo 18 de la Ley 12/2023, el pronunciamiento sobre la conveniencia de solicitar al Gobierno de Canarias el inicio de los trámites necesarios para la obtención de tal declaración” y añade que “al tiempo que debe especificarse su posible impacto sobre el mercado inmobiliario y cualquier otra circunstancia que pueda resultar relevante”.

Las condiciones para ser ‘zona tensionada’
Los requisitos para ser zona tensionada son que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler en el presupuesto personal o de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supere el 30% por ciento de los ingresos medios o de la renta media de los hogares; o que en el municipio el precio de compra o alquiler de la vivienda haya experimentado en los cinco últimos años haya aumentado al menos tres puntos porcentuales más que el IPC de Canarias.
En cualquier caso, la solicitud deber ser formulada por el Gobierno de Canarias, y debe acompañarse de un plan específico que contemple medidas necesarias para la corrección de los desequilibrios detectados en la zona para la que se solicita la declaración.
Las medidas que permite la Ley
En la Ley se contempla la posibilidad de regular el precio de los alquileres de viviendas, que deberán situarse en un rango previamente establecido en función de parámetros como el año de construcción, la superficie, la ubicación, etcétera, teniendo en cuenta que esta horquilla habrá de tomarse como referencia para establecer la cuantía de los nuevos contratos de alquiler, cuando la vivienda sea propiedad de las personas calificadas por la Ley como grandes tenedores y para las viviendas que se alquilen por primera vez en cinco años.

En caso de que el municipio adejero fuera declarado zona tensionada, se podrían aplicar medidas como que los arrendatarios rebajen un 5 % las rentas del alquiler a cambio de bonificaciones fiscales que podrían ascender hasta el 90%. La deducción sería del 70% si se alquila por primera vez a jóvenes de 18 a 35 años o si en el inmueble ha sido rehabilitado o mejorado, la bonificación será del 60%, tal y como recoge la moción que se presentará al pleno adejero.
Hay que recordar que esta ley permite al inquilino solicitar prórrogas extraordinarias por plazos anuales por un periodo de 3 años y con las mismas condiciones que antes de la prórroga, si el inmueble está en una zona declarada tensionada.
En las zonas tensionadas también se limita el incremento de las rentas en los nuevos contratos de arrendamiento. El precio del alquiler del nuevo contrato deberá ser el mismo que el del alquiler de los 5 años anteriores, tras aplicar la cláusula de actualización anual que ya dispusiera el contrato anterior. Tampoco se podrán repercutir nuevos gastos (como los de la comunidad o el IBI) que no recogiese el contrato inicial.