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El Gobierno canario defenderá en el Supremo que el toque de queda es vital porque hay «riesgo grave e inminente»

Julio Pérez discrepa del TSJC, que no ve justificado limitar la libre circulación de madrugada para evitar los botellones, y sostiene que el Ejecutivo regional tiene "argumentos contundentes" para recurrir en el Tribunal Supremo la negativa de la Justicia canaria a autorizar la medida en las islas con nivel 3 y 4, situación que ahora solo afectaría a Tenerife

Planeta Canario por Planeta Canario
15/07/2021
en La cosa pública, Uncategorized
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El Gobierno canario defenderá en el Supremo que el toque de queda es vital porque hay «riesgo grave e inminente»

Julio Pérez y Blas Trujillo, este jueves, en rueda de prensa.

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PLANETA CANARIO

El Consejo de Gobierno de Canarias, reunido este jueves 15 de julio, en la sede de Presidencia de Las Palmas de Gran Canaria, ha decidido elevar un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo tras el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que rechazó establecer el toque de queda de las 00:30 a las 6:00 horas en islas en niveles 3 y 4 por la pandemia de la covid-19, medida que por ahora solo afectaría a Tenerife.

El portavoz gubernamental, Julio Pérez explicó que el recurso se presentará en el plazo de 3 días que estipula la ley y que los servicios jurídicos de la Comunidad han elaborado un informe que concluye que existen argumentos “contundentes” para ese recurso respecto al auto del TSJC en su conjunto.

Pérez subrayó que, entre otras razones, los servicios jurídicos consideran que, frente a la tesis del TSJC, sí existe proporcionalidad entre la situación sanitaria de Canarias y esa limitación de la movilidad nocturna que propone el Ejecutivo. “A diferencia de lo que señala el Tribunal Superior, creemos que sí hay un peligro grave e inminente para la población de las Islas. El TSJC cree que eso no se ha acreditado atendiendo a la presión asistencial y hospitalaria, pero el Gobierno considera que eso se puede discutir y que el toque de queda puede ser defendido ante el Supremo”, indicó el portavoz.

DATOS ACTUALIZADOS ESTE 15-7-2021 POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

El recurso también se fundamentará en que, si bien es cierto que medidas de legislación ordinaria sobre actividades clasificadas y de intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad ofrecen resultados para disolver concentraciones como la de los botellones, uno de los principales focos de los contagios ahora, resulta mucho más efectivo evitar que esas situaciones se den si no se permite transitar entre las 0:30 y las 6:00 horas

Una franja horaria en la que, además, tampoco hay excesiva actividad social porque la restauración y los bares deben cerrar antes y porque, en islas en nivel 3 y 4, no se permite el acceso a sitios como las playas o parques públicos. «Es mucho más fácil evitarlo si no se puede salir de casa»m indicó Pérez, «que si se espera a que actúen las fuerzas de seguridad, levanten acta y se tramiten los procedimientos”.

Imagen de un botellón disuelto por la Policía Local en Santa Cruz, en septiembre pasado.

El recurso también cuestionará la tesis del TSJC de que habría que tener confianza en que la mayor parte de la población cumple las normas y, por eso, no se debe restringir la movilidad. “Eso puede compartirse, pero los epidemiólogos nos dicen que comportamientos que pueden ser excepcionales, como los botellones, sí tienen incidencia sobre el conjunto de la población”, señaló érez.

Tanto el portavoz como el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, advirtieron del aumento en las incidencias acumuladas de la Covid en la última semana en islas como Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura o La Palma. Por esta mala evolución, el Gobierno considera que está justificado el toque de queda en islas en niveles 3 y 4 o, en su defecto, en los municipios con mayor afección. Como el TSJC no respaldó ninguna de esas dos opciones, el Ejecutivo recurrirá su auto en su integridad.

Sede del TSJC en Santa Cruz de Tenerife.

En su auto diectado el miércoles 14d e julio, la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC; que preside Juan Ignacio Moreno-Luque Casariego y forman también Evaristo González y González y Jaime Guilarte Martín-Calero (ponente), afirma que «no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución» para efectuar severas restricciones a la libertad personal que es un derecho fundamental previsto en el artículo 1, 17 y 19 de la Constitución Española».

Sostienen los magistrados que «nadie niega la idoneidad de la medida para luchar contra la enfermedad y facilitar el funcionamiento del Servicio de Salud en los términos propuestos por Salud Pública antes de que se produzcan dificultades por la sobrecarga de trabajo, que ya son notables desde el inicio  la epidemia, pero el fin no justifica cualquier medio y el acuerdo adoptado es excesivo y a costa de un perjuicio grave para la inmensa mayoría de la población, incluida la joven, que cumple las normas con la finalidad de evitar estos incumplimientos».

Y argumenta la Sala del TSJCS que la prevención y sanción de estos incumplimientos «corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, debiendo desplegar a tal efecto la actuación que sea necesaria para evitarla y corregirla si no han tenido éxito otros medios impeditivos o disuasorios, incluida la publicidad institucional en medios de comunicación, lo que constituye la medida alternativa menos gravosa que hace innecesaria la propuesta, como habíamos advertido en el auto anterior de 9 de mayo, y no se ha justificado su imposibilidad o ineficacia y en cambio elude una excepción al ordenamiento jurídico que pugna con derechos fundamentales, al contrario, confirma la vigencia del Estado de Derecho también en tiempos de pandemia cumpliéndose las normas o sancionando su incumplimiento a quienes no están vacunados y hacen un uso irresponsable de su libertad sin respetar los derechos de los demás (artículo 10.1 CE)».

Vincular la entrada en espacios públicos al certificado COVID, los PCR o los test rápidos

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Realización de una prueba de covid-19 (PCR) en el cribado realizado este fin de semana en Tenerife.

El Consejo de Gobierno también decidi estudiar, la próxima semana y junto a la mesa sectorial de restauración, la posibilidad de que se vincule el acceso al interior de establecimientos en los que haya relación social, como los restaurantes y bares, a que se porte el certificado de vacunación de la covid, una PCR negativa o un test rápido que demuestre estar libre del virus.

Pérez recalcó que esto ya se ha hecho durante gran parte de la pandemia, con gran éxito, en los establecimientos alojativos de las Islas y considera que puede servir para frenar el aumento de contagios. El consejero de Sanidad, además, indicó que esto se reforzará con la decisión del Consejo de Ministros del próximo martes de que se puedan adquirir test rápidos en las farmacias a un precio de entre 10 y 12 euros.

Esa posible vinculación se adoptaría en el próximo Consejo de Gobierno y, previamente, se abordaría con los integrantes de la mesa sectorial de la restauración y el comercio. Según señaló Pérez, otros territorios ya han adoptado esta medida y el certificado de vacunación ha sido descargado por medio millón de residentes en las Islas con pauta completa, lo que demuestra la facilidad de su obtención en el sitio web de la consejería de Sanidad. Además, recordó que se han extendido prácticas de seguridad como la toma de temperatura en ciertos lugares, por lo que considera que puede ser muy bien aceptada por la población y los sectores afectados.

Pérez anunció también que el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, volverá a dirigirse al delegado del Gobierno en las Islas, Anselmo Pestana, y a los alcaldes de los 88 municipios isleños para intensificar aún más los controles policiales, sobre todo teniendo en cuenta que llega un fin de semana que, además, incluye un viernes festivo en ciudades como Santa Cruz de Tenerife.

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PLANETA CANARIO

El Consejo de Gobierno de Canarias, reunido este jueves 15 de julio, en la sede de Presidencia de Las Palmas de Gran Canaria, ha decidido elevar un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo tras el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que rechazó establecer el toque de queda de las 00:30 a las 6:00 horas en islas en niveles 3 y 4 por la pandemia de la covid-19, medida que por ahora solo afectaría a Tenerife.

El portavoz gubernamental, Julio Pérez explicó que el recurso se presentará en el plazo de 3 días que estipula la ley y que los servicios jurídicos de la Comunidad han elaborado un informe que concluye que existen argumentos “contundentes” para ese recurso respecto al auto del TSJC en su conjunto.

Pérez subrayó que, entre otras razones, los servicios jurídicos consideran que, frente a la tesis del TSJC, sí existe proporcionalidad entre la situación sanitaria de Canarias y esa limitación de la movilidad nocturna que propone el Ejecutivo. “A diferencia de lo que señala el Tribunal Superior, creemos que sí hay un peligro grave e inminente para la población de las Islas. El TSJC cree que eso no se ha acreditado atendiendo a la presión asistencial y hospitalaria, pero el Gobierno considera que eso se puede discutir y que el toque de queda puede ser defendido ante el Supremo”, indicó el portavoz.

DATOS ACTUALIZADOS ESTE 15-7-2021 POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

El recurso también se fundamentará en que, si bien es cierto que medidas de legislación ordinaria sobre actividades clasificadas y de intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad ofrecen resultados para disolver concentraciones como la de los botellones, uno de los principales focos de los contagios ahora, resulta mucho más efectivo evitar que esas situaciones se den si no se permite transitar entre las 0:30 y las 6:00 horas

Una franja horaria en la que, además, tampoco hay excesiva actividad social porque la restauración y los bares deben cerrar antes y porque, en islas en nivel 3 y 4, no se permite el acceso a sitios como las playas o parques públicos. «Es mucho más fácil evitarlo si no se puede salir de casa»m indicó Pérez, «que si se espera a que actúen las fuerzas de seguridad, levanten acta y se tramiten los procedimientos”.

Imagen de un botellón disuelto por la Policía Local en Santa Cruz, en septiembre pasado.

El recurso también cuestionará la tesis del TSJC de que habría que tener confianza en que la mayor parte de la población cumple las normas y, por eso, no se debe restringir la movilidad. “Eso puede compartirse, pero los epidemiólogos nos dicen que comportamientos que pueden ser excepcionales, como los botellones, sí tienen incidencia sobre el conjunto de la población”, señaló érez.

Tanto el portavoz como el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, advirtieron del aumento en las incidencias acumuladas de la Covid en la última semana en islas como Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura o La Palma. Por esta mala evolución, el Gobierno considera que está justificado el toque de queda en islas en niveles 3 y 4 o, en su defecto, en los municipios con mayor afección. Como el TSJC no respaldó ninguna de esas dos opciones, el Ejecutivo recurrirá su auto en su integridad.

Sede del TSJC en Santa Cruz de Tenerife.

En su auto diectado el miércoles 14d e julio, la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC; que preside Juan Ignacio Moreno-Luque Casariego y forman también Evaristo González y González y Jaime Guilarte Martín-Calero (ponente), afirma que «no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución» para efectuar severas restricciones a la libertad personal que es un derecho fundamental previsto en el artículo 1, 17 y 19 de la Constitución Española».

Sostienen los magistrados que «nadie niega la idoneidad de la medida para luchar contra la enfermedad y facilitar el funcionamiento del Servicio de Salud en los términos propuestos por Salud Pública antes de que se produzcan dificultades por la sobrecarga de trabajo, que ya son notables desde el inicio  la epidemia, pero el fin no justifica cualquier medio y el acuerdo adoptado es excesivo y a costa de un perjuicio grave para la inmensa mayoría de la población, incluida la joven, que cumple las normas con la finalidad de evitar estos incumplimientos».

Y argumenta la Sala del TSJCS que la prevención y sanción de estos incumplimientos «corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, debiendo desplegar a tal efecto la actuación que sea necesaria para evitarla y corregirla si no han tenido éxito otros medios impeditivos o disuasorios, incluida la publicidad institucional en medios de comunicación, lo que constituye la medida alternativa menos gravosa que hace innecesaria la propuesta, como habíamos advertido en el auto anterior de 9 de mayo, y no se ha justificado su imposibilidad o ineficacia y en cambio elude una excepción al ordenamiento jurídico que pugna con derechos fundamentales, al contrario, confirma la vigencia del Estado de Derecho también en tiempos de pandemia cumpliéndose las normas o sancionando su incumplimiento a quienes no están vacunados y hacen un uso irresponsable de su libertad sin respetar los derechos de los demás (artículo 10.1 CE)».

Vincular la entrada en espacios públicos al certificado COVID, los PCR o los test rápidos

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Realización de una prueba de covid-19 (PCR) en el cribado realizado este fin de semana en Tenerife.

El Consejo de Gobierno también decidi estudiar, la próxima semana y junto a la mesa sectorial de restauración, la posibilidad de que se vincule el acceso al interior de establecimientos en los que haya relación social, como los restaurantes y bares, a que se porte el certificado de vacunación de la covid, una PCR negativa o un test rápido que demuestre estar libre del virus.

Pérez recalcó que esto ya se ha hecho durante gran parte de la pandemia, con gran éxito, en los establecimientos alojativos de las Islas y considera que puede servir para frenar el aumento de contagios. El consejero de Sanidad, además, indicó que esto se reforzará con la decisión del Consejo de Ministros del próximo martes de que se puedan adquirir test rápidos en las farmacias a un precio de entre 10 y 12 euros.

Esa posible vinculación se adoptaría en el próximo Consejo de Gobierno y, previamente, se abordaría con los integrantes de la mesa sectorial de la restauración y el comercio. Según señaló Pérez, otros territorios ya han adoptado esta medida y el certificado de vacunación ha sido descargado por medio millón de residentes en las Islas con pauta completa, lo que demuestra la facilidad de su obtención en el sitio web de la consejería de Sanidad. Además, recordó que se han extendido prácticas de seguridad como la toma de temperatura en ciertos lugares, por lo que considera que puede ser muy bien aceptada por la población y los sectores afectados.

Pérez anunció también que el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, volverá a dirigirse al delegado del Gobierno en las Islas, Anselmo Pestana, y a los alcaldes de los 88 municipios isleños para intensificar aún más los controles policiales, sobre todo teniendo en cuenta que llega un fin de semana que, además, incluye un viernes festivo en ciudades como Santa Cruz de Tenerife.

PLANETA CANARIO

El Consejo de Gobierno de Canarias, reunido este jueves 15 de julio, en la sede de Presidencia de Las Palmas de Gran Canaria, ha decidido elevar un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo tras el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que rechazó establecer el toque de queda de las 00:30 a las 6:00 horas en islas en niveles 3 y 4 por la pandemia de la covid-19, medida que por ahora solo afectaría a Tenerife.

El portavoz gubernamental, Julio Pérez explicó que el recurso se presentará en el plazo de 3 días que estipula la ley y que los servicios jurídicos de la Comunidad han elaborado un informe que concluye que existen argumentos “contundentes” para ese recurso respecto al auto del TSJC en su conjunto.

Pérez subrayó que, entre otras razones, los servicios jurídicos consideran que, frente a la tesis del TSJC, sí existe proporcionalidad entre la situación sanitaria de Canarias y esa limitación de la movilidad nocturna que propone el Ejecutivo. “A diferencia de lo que señala el Tribunal Superior, creemos que sí hay un peligro grave e inminente para la población de las Islas. El TSJC cree que eso no se ha acreditado atendiendo a la presión asistencial y hospitalaria, pero el Gobierno considera que eso se puede discutir y que el toque de queda puede ser defendido ante el Supremo”, indicó el portavoz.

DATOS ACTUALIZADOS ESTE 15-7-2021 POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

El recurso también se fundamentará en que, si bien es cierto que medidas de legislación ordinaria sobre actividades clasificadas y de intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad ofrecen resultados para disolver concentraciones como la de los botellones, uno de los principales focos de los contagios ahora, resulta mucho más efectivo evitar que esas situaciones se den si no se permite transitar entre las 0:30 y las 6:00 horas

Una franja horaria en la que, además, tampoco hay excesiva actividad social porque la restauración y los bares deben cerrar antes y porque, en islas en nivel 3 y 4, no se permite el acceso a sitios como las playas o parques públicos. «Es mucho más fácil evitarlo si no se puede salir de casa»m indicó Pérez, «que si se espera a que actúen las fuerzas de seguridad, levanten acta y se tramiten los procedimientos”.

Imagen de un botellón disuelto por la Policía Local en Santa Cruz, en septiembre pasado.

El recurso también cuestionará la tesis del TSJC de que habría que tener confianza en que la mayor parte de la población cumple las normas y, por eso, no se debe restringir la movilidad. “Eso puede compartirse, pero los epidemiólogos nos dicen que comportamientos que pueden ser excepcionales, como los botellones, sí tienen incidencia sobre el conjunto de la población”, señaló érez.

Tanto el portavoz como el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, advirtieron del aumento en las incidencias acumuladas de la Covid en la última semana en islas como Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura o La Palma. Por esta mala evolución, el Gobierno considera que está justificado el toque de queda en islas en niveles 3 y 4 o, en su defecto, en los municipios con mayor afección. Como el TSJC no respaldó ninguna de esas dos opciones, el Ejecutivo recurrirá su auto en su integridad.

Sede del TSJC en Santa Cruz de Tenerife.

En su auto diectado el miércoles 14d e julio, la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC; que preside Juan Ignacio Moreno-Luque Casariego y forman también Evaristo González y González y Jaime Guilarte Martín-Calero (ponente), afirma que «no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución» para efectuar severas restricciones a la libertad personal que es un derecho fundamental previsto en el artículo 1, 17 y 19 de la Constitución Española».

Sostienen los magistrados que «nadie niega la idoneidad de la medida para luchar contra la enfermedad y facilitar el funcionamiento del Servicio de Salud en los términos propuestos por Salud Pública antes de que se produzcan dificultades por la sobrecarga de trabajo, que ya son notables desde el inicio  la epidemia, pero el fin no justifica cualquier medio y el acuerdo adoptado es excesivo y a costa de un perjuicio grave para la inmensa mayoría de la población, incluida la joven, que cumple las normas con la finalidad de evitar estos incumplimientos».

Y argumenta la Sala del TSJCS que la prevención y sanción de estos incumplimientos «corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, debiendo desplegar a tal efecto la actuación que sea necesaria para evitarla y corregirla si no han tenido éxito otros medios impeditivos o disuasorios, incluida la publicidad institucional en medios de comunicación, lo que constituye la medida alternativa menos gravosa que hace innecesaria la propuesta, como habíamos advertido en el auto anterior de 9 de mayo, y no se ha justificado su imposibilidad o ineficacia y en cambio elude una excepción al ordenamiento jurídico que pugna con derechos fundamentales, al contrario, confirma la vigencia del Estado de Derecho también en tiempos de pandemia cumpliéndose las normas o sancionando su incumplimiento a quienes no están vacunados y hacen un uso irresponsable de su libertad sin respetar los derechos de los demás (artículo 10.1 CE)».

Vincular la entrada en espacios públicos al certificado COVID, los PCR o los test rápidos

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Realización de una prueba de covid-19 (PCR) en el cribado realizado este fin de semana en Tenerife.

El Consejo de Gobierno también decidi estudiar, la próxima semana y junto a la mesa sectorial de restauración, la posibilidad de que se vincule el acceso al interior de establecimientos en los que haya relación social, como los restaurantes y bares, a que se porte el certificado de vacunación de la covid, una PCR negativa o un test rápido que demuestre estar libre del virus.

Pérez recalcó que esto ya se ha hecho durante gran parte de la pandemia, con gran éxito, en los establecimientos alojativos de las Islas y considera que puede servir para frenar el aumento de contagios. El consejero de Sanidad, además, indicó que esto se reforzará con la decisión del Consejo de Ministros del próximo martes de que se puedan adquirir test rápidos en las farmacias a un precio de entre 10 y 12 euros.

Esa posible vinculación se adoptaría en el próximo Consejo de Gobierno y, previamente, se abordaría con los integrantes de la mesa sectorial de la restauración y el comercio. Según señaló Pérez, otros territorios ya han adoptado esta medida y el certificado de vacunación ha sido descargado por medio millón de residentes en las Islas con pauta completa, lo que demuestra la facilidad de su obtención en el sitio web de la consejería de Sanidad. Además, recordó que se han extendido prácticas de seguridad como la toma de temperatura en ciertos lugares, por lo que considera que puede ser muy bien aceptada por la población y los sectores afectados.

Pérez anunció también que el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, volverá a dirigirse al delegado del Gobierno en las Islas, Anselmo Pestana, y a los alcaldes de los 88 municipios isleños para intensificar aún más los controles policiales, sobre todo teniendo en cuenta que llega un fin de semana que, además, incluye un viernes festivo en ciudades como Santa Cruz de Tenerife.

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PLANETA CANARIO

El Consejo de Gobierno de Canarias, reunido este jueves 15 de julio, en la sede de Presidencia de Las Palmas de Gran Canaria, ha decidido elevar un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo tras el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que rechazó establecer el toque de queda de las 00:30 a las 6:00 horas en islas en niveles 3 y 4 por la pandemia de la covid-19, medida que por ahora solo afectaría a Tenerife.

El portavoz gubernamental, Julio Pérez explicó que el recurso se presentará en el plazo de 3 días que estipula la ley y que los servicios jurídicos de la Comunidad han elaborado un informe que concluye que existen argumentos “contundentes” para ese recurso respecto al auto del TSJC en su conjunto.

Pérez subrayó que, entre otras razones, los servicios jurídicos consideran que, frente a la tesis del TSJC, sí existe proporcionalidad entre la situación sanitaria de Canarias y esa limitación de la movilidad nocturna que propone el Ejecutivo. “A diferencia de lo que señala el Tribunal Superior, creemos que sí hay un peligro grave e inminente para la población de las Islas. El TSJC cree que eso no se ha acreditado atendiendo a la presión asistencial y hospitalaria, pero el Gobierno considera que eso se puede discutir y que el toque de queda puede ser defendido ante el Supremo”, indicó el portavoz.

DATOS ACTUALIZADOS ESTE 15-7-2021 POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

El recurso también se fundamentará en que, si bien es cierto que medidas de legislación ordinaria sobre actividades clasificadas y de intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad ofrecen resultados para disolver concentraciones como la de los botellones, uno de los principales focos de los contagios ahora, resulta mucho más efectivo evitar que esas situaciones se den si no se permite transitar entre las 0:30 y las 6:00 horas

Una franja horaria en la que, además, tampoco hay excesiva actividad social porque la restauración y los bares deben cerrar antes y porque, en islas en nivel 3 y 4, no se permite el acceso a sitios como las playas o parques públicos. «Es mucho más fácil evitarlo si no se puede salir de casa»m indicó Pérez, «que si se espera a que actúen las fuerzas de seguridad, levanten acta y se tramiten los procedimientos”.

Imagen de un botellón disuelto por la Policía Local en Santa Cruz, en septiembre pasado.

El recurso también cuestionará la tesis del TSJC de que habría que tener confianza en que la mayor parte de la población cumple las normas y, por eso, no se debe restringir la movilidad. “Eso puede compartirse, pero los epidemiólogos nos dicen que comportamientos que pueden ser excepcionales, como los botellones, sí tienen incidencia sobre el conjunto de la población”, señaló érez.

Tanto el portavoz como el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, advirtieron del aumento en las incidencias acumuladas de la Covid en la última semana en islas como Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura o La Palma. Por esta mala evolución, el Gobierno considera que está justificado el toque de queda en islas en niveles 3 y 4 o, en su defecto, en los municipios con mayor afección. Como el TSJC no respaldó ninguna de esas dos opciones, el Ejecutivo recurrirá su auto en su integridad.

Sede del TSJC en Santa Cruz de Tenerife.

En su auto diectado el miércoles 14d e julio, la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC; que preside Juan Ignacio Moreno-Luque Casariego y forman también Evaristo González y González y Jaime Guilarte Martín-Calero (ponente), afirma que «no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución» para efectuar severas restricciones a la libertad personal que es un derecho fundamental previsto en el artículo 1, 17 y 19 de la Constitución Española».

Sostienen los magistrados que «nadie niega la idoneidad de la medida para luchar contra la enfermedad y facilitar el funcionamiento del Servicio de Salud en los términos propuestos por Salud Pública antes de que se produzcan dificultades por la sobrecarga de trabajo, que ya son notables desde el inicio  la epidemia, pero el fin no justifica cualquier medio y el acuerdo adoptado es excesivo y a costa de un perjuicio grave para la inmensa mayoría de la población, incluida la joven, que cumple las normas con la finalidad de evitar estos incumplimientos».

Y argumenta la Sala del TSJCS que la prevención y sanción de estos incumplimientos «corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, debiendo desplegar a tal efecto la actuación que sea necesaria para evitarla y corregirla si no han tenido éxito otros medios impeditivos o disuasorios, incluida la publicidad institucional en medios de comunicación, lo que constituye la medida alternativa menos gravosa que hace innecesaria la propuesta, como habíamos advertido en el auto anterior de 9 de mayo, y no se ha justificado su imposibilidad o ineficacia y en cambio elude una excepción al ordenamiento jurídico que pugna con derechos fundamentales, al contrario, confirma la vigencia del Estado de Derecho también en tiempos de pandemia cumpliéndose las normas o sancionando su incumplimiento a quienes no están vacunados y hacen un uso irresponsable de su libertad sin respetar los derechos de los demás (artículo 10.1 CE)».

Vincular la entrada en espacios públicos al certificado COVID, los PCR o los test rápidos

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Realización de una prueba de covid-19 (PCR) en el cribado realizado este fin de semana en Tenerife.

El Consejo de Gobierno también decidi estudiar, la próxima semana y junto a la mesa sectorial de restauración, la posibilidad de que se vincule el acceso al interior de establecimientos en los que haya relación social, como los restaurantes y bares, a que se porte el certificado de vacunación de la covid, una PCR negativa o un test rápido que demuestre estar libre del virus.

Pérez recalcó que esto ya se ha hecho durante gran parte de la pandemia, con gran éxito, en los establecimientos alojativos de las Islas y considera que puede servir para frenar el aumento de contagios. El consejero de Sanidad, además, indicó que esto se reforzará con la decisión del Consejo de Ministros del próximo martes de que se puedan adquirir test rápidos en las farmacias a un precio de entre 10 y 12 euros.

Esa posible vinculación se adoptaría en el próximo Consejo de Gobierno y, previamente, se abordaría con los integrantes de la mesa sectorial de la restauración y el comercio. Según señaló Pérez, otros territorios ya han adoptado esta medida y el certificado de vacunación ha sido descargado por medio millón de residentes en las Islas con pauta completa, lo que demuestra la facilidad de su obtención en el sitio web de la consejería de Sanidad. Además, recordó que se han extendido prácticas de seguridad como la toma de temperatura en ciertos lugares, por lo que considera que puede ser muy bien aceptada por la población y los sectores afectados.

Pérez anunció también que el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, volverá a dirigirse al delegado del Gobierno en las Islas, Anselmo Pestana, y a los alcaldes de los 88 municipios isleños para intensificar aún más los controles policiales, sobre todo teniendo en cuenta que llega un fin de semana que, además, incluye un viernes festivo en ciudades como Santa Cruz de Tenerife.

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PLANETA CANARIO

El Consejo de Gobierno de Canarias, reunido este jueves 15 de julio, en la sede de Presidencia de Las Palmas de Gran Canaria, ha decidido elevar un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo tras el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que rechazó establecer el toque de queda de las 00:30 a las 6:00 horas en islas en niveles 3 y 4 por la pandemia de la covid-19, medida que por ahora solo afectaría a Tenerife.

El portavoz gubernamental, Julio Pérez explicó que el recurso se presentará en el plazo de 3 días que estipula la ley y que los servicios jurídicos de la Comunidad han elaborado un informe que concluye que existen argumentos “contundentes” para ese recurso respecto al auto del TSJC en su conjunto.

Pérez subrayó que, entre otras razones, los servicios jurídicos consideran que, frente a la tesis del TSJC, sí existe proporcionalidad entre la situación sanitaria de Canarias y esa limitación de la movilidad nocturna que propone el Ejecutivo. “A diferencia de lo que señala el Tribunal Superior, creemos que sí hay un peligro grave e inminente para la población de las Islas. El TSJC cree que eso no se ha acreditado atendiendo a la presión asistencial y hospitalaria, pero el Gobierno considera que eso se puede discutir y que el toque de queda puede ser defendido ante el Supremo”, indicó el portavoz.

DATOS ACTUALIZADOS ESTE 15-7-2021 POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

El recurso también se fundamentará en que, si bien es cierto que medidas de legislación ordinaria sobre actividades clasificadas y de intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad ofrecen resultados para disolver concentraciones como la de los botellones, uno de los principales focos de los contagios ahora, resulta mucho más efectivo evitar que esas situaciones se den si no se permite transitar entre las 0:30 y las 6:00 horas

Una franja horaria en la que, además, tampoco hay excesiva actividad social porque la restauración y los bares deben cerrar antes y porque, en islas en nivel 3 y 4, no se permite el acceso a sitios como las playas o parques públicos. «Es mucho más fácil evitarlo si no se puede salir de casa»m indicó Pérez, «que si se espera a que actúen las fuerzas de seguridad, levanten acta y se tramiten los procedimientos”.

Imagen de un botellón disuelto por la Policía Local en Santa Cruz, en septiembre pasado.

El recurso también cuestionará la tesis del TSJC de que habría que tener confianza en que la mayor parte de la población cumple las normas y, por eso, no se debe restringir la movilidad. “Eso puede compartirse, pero los epidemiólogos nos dicen que comportamientos que pueden ser excepcionales, como los botellones, sí tienen incidencia sobre el conjunto de la población”, señaló érez.

Tanto el portavoz como el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, advirtieron del aumento en las incidencias acumuladas de la Covid en la última semana en islas como Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura o La Palma. Por esta mala evolución, el Gobierno considera que está justificado el toque de queda en islas en niveles 3 y 4 o, en su defecto, en los municipios con mayor afección. Como el TSJC no respaldó ninguna de esas dos opciones, el Ejecutivo recurrirá su auto en su integridad.

Sede del TSJC en Santa Cruz de Tenerife.

En su auto diectado el miércoles 14d e julio, la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC; que preside Juan Ignacio Moreno-Luque Casariego y forman también Evaristo González y González y Jaime Guilarte Martín-Calero (ponente), afirma que «no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución» para efectuar severas restricciones a la libertad personal que es un derecho fundamental previsto en el artículo 1, 17 y 19 de la Constitución Española».

Sostienen los magistrados que «nadie niega la idoneidad de la medida para luchar contra la enfermedad y facilitar el funcionamiento del Servicio de Salud en los términos propuestos por Salud Pública antes de que se produzcan dificultades por la sobrecarga de trabajo, que ya son notables desde el inicio  la epidemia, pero el fin no justifica cualquier medio y el acuerdo adoptado es excesivo y a costa de un perjuicio grave para la inmensa mayoría de la población, incluida la joven, que cumple las normas con la finalidad de evitar estos incumplimientos».

Y argumenta la Sala del TSJCS que la prevención y sanción de estos incumplimientos «corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, debiendo desplegar a tal efecto la actuación que sea necesaria para evitarla y corregirla si no han tenido éxito otros medios impeditivos o disuasorios, incluida la publicidad institucional en medios de comunicación, lo que constituye la medida alternativa menos gravosa que hace innecesaria la propuesta, como habíamos advertido en el auto anterior de 9 de mayo, y no se ha justificado su imposibilidad o ineficacia y en cambio elude una excepción al ordenamiento jurídico que pugna con derechos fundamentales, al contrario, confirma la vigencia del Estado de Derecho también en tiempos de pandemia cumpliéndose las normas o sancionando su incumplimiento a quienes no están vacunados y hacen un uso irresponsable de su libertad sin respetar los derechos de los demás (artículo 10.1 CE)».

Vincular la entrada en espacios públicos al certificado COVID, los PCR o los test rápidos

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Realización de una prueba de covid-19 (PCR) en el cribado realizado este fin de semana en Tenerife.

El Consejo de Gobierno también decidi estudiar, la próxima semana y junto a la mesa sectorial de restauración, la posibilidad de que se vincule el acceso al interior de establecimientos en los que haya relación social, como los restaurantes y bares, a que se porte el certificado de vacunación de la covid, una PCR negativa o un test rápido que demuestre estar libre del virus.

Pérez recalcó que esto ya se ha hecho durante gran parte de la pandemia, con gran éxito, en los establecimientos alojativos de las Islas y considera que puede servir para frenar el aumento de contagios. El consejero de Sanidad, además, indicó que esto se reforzará con la decisión del Consejo de Ministros del próximo martes de que se puedan adquirir test rápidos en las farmacias a un precio de entre 10 y 12 euros.

Esa posible vinculación se adoptaría en el próximo Consejo de Gobierno y, previamente, se abordaría con los integrantes de la mesa sectorial de la restauración y el comercio. Según señaló Pérez, otros territorios ya han adoptado esta medida y el certificado de vacunación ha sido descargado por medio millón de residentes en las Islas con pauta completa, lo que demuestra la facilidad de su obtención en el sitio web de la consejería de Sanidad. Además, recordó que se han extendido prácticas de seguridad como la toma de temperatura en ciertos lugares, por lo que considera que puede ser muy bien aceptada por la población y los sectores afectados.

Pérez anunció también que el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, volverá a dirigirse al delegado del Gobierno en las Islas, Anselmo Pestana, y a los alcaldes de los 88 municipios isleños para intensificar aún más los controles policiales, sobre todo teniendo en cuenta que llega un fin de semana que, además, incluye un viernes festivo en ciudades como Santa Cruz de Tenerife.

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PLANETA CANARIO

El Consejo de Gobierno de Canarias, reunido este jueves 15 de julio, en la sede de Presidencia de Las Palmas de Gran Canaria, ha decidido elevar un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo tras el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que rechazó establecer el toque de queda de las 00:30 a las 6:00 horas en islas en niveles 3 y 4 por la pandemia de la covid-19, medida que por ahora solo afectaría a Tenerife.

El portavoz gubernamental, Julio Pérez explicó que el recurso se presentará en el plazo de 3 días que estipula la ley y que los servicios jurídicos de la Comunidad han elaborado un informe que concluye que existen argumentos “contundentes” para ese recurso respecto al auto del TSJC en su conjunto.

Pérez subrayó que, entre otras razones, los servicios jurídicos consideran que, frente a la tesis del TSJC, sí existe proporcionalidad entre la situación sanitaria de Canarias y esa limitación de la movilidad nocturna que propone el Ejecutivo. “A diferencia de lo que señala el Tribunal Superior, creemos que sí hay un peligro grave e inminente para la población de las Islas. El TSJC cree que eso no se ha acreditado atendiendo a la presión asistencial y hospitalaria, pero el Gobierno considera que eso se puede discutir y que el toque de queda puede ser defendido ante el Supremo”, indicó el portavoz.

DATOS ACTUALIZADOS ESTE 15-7-2021 POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

El recurso también se fundamentará en que, si bien es cierto que medidas de legislación ordinaria sobre actividades clasificadas y de intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad ofrecen resultados para disolver concentraciones como la de los botellones, uno de los principales focos de los contagios ahora, resulta mucho más efectivo evitar que esas situaciones se den si no se permite transitar entre las 0:30 y las 6:00 horas

Una franja horaria en la que, además, tampoco hay excesiva actividad social porque la restauración y los bares deben cerrar antes y porque, en islas en nivel 3 y 4, no se permite el acceso a sitios como las playas o parques públicos. «Es mucho más fácil evitarlo si no se puede salir de casa»m indicó Pérez, «que si se espera a que actúen las fuerzas de seguridad, levanten acta y se tramiten los procedimientos”.

Imagen de un botellón disuelto por la Policía Local en Santa Cruz, en septiembre pasado.

El recurso también cuestionará la tesis del TSJC de que habría que tener confianza en que la mayor parte de la población cumple las normas y, por eso, no se debe restringir la movilidad. “Eso puede compartirse, pero los epidemiólogos nos dicen que comportamientos que pueden ser excepcionales, como los botellones, sí tienen incidencia sobre el conjunto de la población”, señaló érez.

Tanto el portavoz como el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, advirtieron del aumento en las incidencias acumuladas de la Covid en la última semana en islas como Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura o La Palma. Por esta mala evolución, el Gobierno considera que está justificado el toque de queda en islas en niveles 3 y 4 o, en su defecto, en los municipios con mayor afección. Como el TSJC no respaldó ninguna de esas dos opciones, el Ejecutivo recurrirá su auto en su integridad.

Sede del TSJC en Santa Cruz de Tenerife.

En su auto diectado el miércoles 14d e julio, la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC; que preside Juan Ignacio Moreno-Luque Casariego y forman también Evaristo González y González y Jaime Guilarte Martín-Calero (ponente), afirma que «no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución» para efectuar severas restricciones a la libertad personal que es un derecho fundamental previsto en el artículo 1, 17 y 19 de la Constitución Española».

Sostienen los magistrados que «nadie niega la idoneidad de la medida para luchar contra la enfermedad y facilitar el funcionamiento del Servicio de Salud en los términos propuestos por Salud Pública antes de que se produzcan dificultades por la sobrecarga de trabajo, que ya son notables desde el inicio  la epidemia, pero el fin no justifica cualquier medio y el acuerdo adoptado es excesivo y a costa de un perjuicio grave para la inmensa mayoría de la población, incluida la joven, que cumple las normas con la finalidad de evitar estos incumplimientos».

Y argumenta la Sala del TSJCS que la prevención y sanción de estos incumplimientos «corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, debiendo desplegar a tal efecto la actuación que sea necesaria para evitarla y corregirla si no han tenido éxito otros medios impeditivos o disuasorios, incluida la publicidad institucional en medios de comunicación, lo que constituye la medida alternativa menos gravosa que hace innecesaria la propuesta, como habíamos advertido en el auto anterior de 9 de mayo, y no se ha justificado su imposibilidad o ineficacia y en cambio elude una excepción al ordenamiento jurídico que pugna con derechos fundamentales, al contrario, confirma la vigencia del Estado de Derecho también en tiempos de pandemia cumpliéndose las normas o sancionando su incumplimiento a quienes no están vacunados y hacen un uso irresponsable de su libertad sin respetar los derechos de los demás (artículo 10.1 CE)».

Vincular la entrada en espacios públicos al certificado COVID, los PCR o los test rápidos

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Realización de una prueba de covid-19 (PCR) en el cribado realizado este fin de semana en Tenerife.

El Consejo de Gobierno también decidi estudiar, la próxima semana y junto a la mesa sectorial de restauración, la posibilidad de que se vincule el acceso al interior de establecimientos en los que haya relación social, como los restaurantes y bares, a que se porte el certificado de vacunación de la covid, una PCR negativa o un test rápido que demuestre estar libre del virus.

Pérez recalcó que esto ya se ha hecho durante gran parte de la pandemia, con gran éxito, en los establecimientos alojativos de las Islas y considera que puede servir para frenar el aumento de contagios. El consejero de Sanidad, además, indicó que esto se reforzará con la decisión del Consejo de Ministros del próximo martes de que se puedan adquirir test rápidos en las farmacias a un precio de entre 10 y 12 euros.

Esa posible vinculación se adoptaría en el próximo Consejo de Gobierno y, previamente, se abordaría con los integrantes de la mesa sectorial de la restauración y el comercio. Según señaló Pérez, otros territorios ya han adoptado esta medida y el certificado de vacunación ha sido descargado por medio millón de residentes en las Islas con pauta completa, lo que demuestra la facilidad de su obtención en el sitio web de la consejería de Sanidad. Además, recordó que se han extendido prácticas de seguridad como la toma de temperatura en ciertos lugares, por lo que considera que puede ser muy bien aceptada por la población y los sectores afectados.

Pérez anunció también que el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, volverá a dirigirse al delegado del Gobierno en las Islas, Anselmo Pestana, y a los alcaldes de los 88 municipios isleños para intensificar aún más los controles policiales, sobre todo teniendo en cuenta que llega un fin de semana que, además, incluye un viernes festivo en ciudades como Santa Cruz de Tenerife.

PLANETA CANARIO

El Consejo de Gobierno de Canarias, reunido este jueves 15 de julio, en la sede de Presidencia de Las Palmas de Gran Canaria, ha decidido elevar un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo tras el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que rechazó establecer el toque de queda de las 00:30 a las 6:00 horas en islas en niveles 3 y 4 por la pandemia de la covid-19, medida que por ahora solo afectaría a Tenerife.

El portavoz gubernamental, Julio Pérez explicó que el recurso se presentará en el plazo de 3 días que estipula la ley y que los servicios jurídicos de la Comunidad han elaborado un informe que concluye que existen argumentos “contundentes” para ese recurso respecto al auto del TSJC en su conjunto.

Pérez subrayó que, entre otras razones, los servicios jurídicos consideran que, frente a la tesis del TSJC, sí existe proporcionalidad entre la situación sanitaria de Canarias y esa limitación de la movilidad nocturna que propone el Ejecutivo. “A diferencia de lo que señala el Tribunal Superior, creemos que sí hay un peligro grave e inminente para la población de las Islas. El TSJC cree que eso no se ha acreditado atendiendo a la presión asistencial y hospitalaria, pero el Gobierno considera que eso se puede discutir y que el toque de queda puede ser defendido ante el Supremo”, indicó el portavoz.

DATOS ACTUALIZADOS ESTE 15-7-2021 POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

El recurso también se fundamentará en que, si bien es cierto que medidas de legislación ordinaria sobre actividades clasificadas y de intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad ofrecen resultados para disolver concentraciones como la de los botellones, uno de los principales focos de los contagios ahora, resulta mucho más efectivo evitar que esas situaciones se den si no se permite transitar entre las 0:30 y las 6:00 horas

Una franja horaria en la que, además, tampoco hay excesiva actividad social porque la restauración y los bares deben cerrar antes y porque, en islas en nivel 3 y 4, no se permite el acceso a sitios como las playas o parques públicos. «Es mucho más fácil evitarlo si no se puede salir de casa»m indicó Pérez, «que si se espera a que actúen las fuerzas de seguridad, levanten acta y se tramiten los procedimientos”.

Imagen de un botellón disuelto por la Policía Local en Santa Cruz, en septiembre pasado.

El recurso también cuestionará la tesis del TSJC de que habría que tener confianza en que la mayor parte de la población cumple las normas y, por eso, no se debe restringir la movilidad. “Eso puede compartirse, pero los epidemiólogos nos dicen que comportamientos que pueden ser excepcionales, como los botellones, sí tienen incidencia sobre el conjunto de la población”, señaló érez.

Tanto el portavoz como el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, advirtieron del aumento en las incidencias acumuladas de la Covid en la última semana en islas como Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura o La Palma. Por esta mala evolución, el Gobierno considera que está justificado el toque de queda en islas en niveles 3 y 4 o, en su defecto, en los municipios con mayor afección. Como el TSJC no respaldó ninguna de esas dos opciones, el Ejecutivo recurrirá su auto en su integridad.

Sede del TSJC en Santa Cruz de Tenerife.

En su auto diectado el miércoles 14d e julio, la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC; que preside Juan Ignacio Moreno-Luque Casariego y forman también Evaristo González y González y Jaime Guilarte Martín-Calero (ponente), afirma que «no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución» para efectuar severas restricciones a la libertad personal que es un derecho fundamental previsto en el artículo 1, 17 y 19 de la Constitución Española».

Sostienen los magistrados que «nadie niega la idoneidad de la medida para luchar contra la enfermedad y facilitar el funcionamiento del Servicio de Salud en los términos propuestos por Salud Pública antes de que se produzcan dificultades por la sobrecarga de trabajo, que ya son notables desde el inicio  la epidemia, pero el fin no justifica cualquier medio y el acuerdo adoptado es excesivo y a costa de un perjuicio grave para la inmensa mayoría de la población, incluida la joven, que cumple las normas con la finalidad de evitar estos incumplimientos».

Y argumenta la Sala del TSJCS que la prevención y sanción de estos incumplimientos «corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, debiendo desplegar a tal efecto la actuación que sea necesaria para evitarla y corregirla si no han tenido éxito otros medios impeditivos o disuasorios, incluida la publicidad institucional en medios de comunicación, lo que constituye la medida alternativa menos gravosa que hace innecesaria la propuesta, como habíamos advertido en el auto anterior de 9 de mayo, y no se ha justificado su imposibilidad o ineficacia y en cambio elude una excepción al ordenamiento jurídico que pugna con derechos fundamentales, al contrario, confirma la vigencia del Estado de Derecho también en tiempos de pandemia cumpliéndose las normas o sancionando su incumplimiento a quienes no están vacunados y hacen un uso irresponsable de su libertad sin respetar los derechos de los demás (artículo 10.1 CE)».

Vincular la entrada en espacios públicos al certificado COVID, los PCR o los test rápidos

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Realización de una prueba de covid-19 (PCR) en el cribado realizado este fin de semana en Tenerife.

El Consejo de Gobierno también decidi estudiar, la próxima semana y junto a la mesa sectorial de restauración, la posibilidad de que se vincule el acceso al interior de establecimientos en los que haya relación social, como los restaurantes y bares, a que se porte el certificado de vacunación de la covid, una PCR negativa o un test rápido que demuestre estar libre del virus.

Pérez recalcó que esto ya se ha hecho durante gran parte de la pandemia, con gran éxito, en los establecimientos alojativos de las Islas y considera que puede servir para frenar el aumento de contagios. El consejero de Sanidad, además, indicó que esto se reforzará con la decisión del Consejo de Ministros del próximo martes de que se puedan adquirir test rápidos en las farmacias a un precio de entre 10 y 12 euros.

Esa posible vinculación se adoptaría en el próximo Consejo de Gobierno y, previamente, se abordaría con los integrantes de la mesa sectorial de la restauración y el comercio. Según señaló Pérez, otros territorios ya han adoptado esta medida y el certificado de vacunación ha sido descargado por medio millón de residentes en las Islas con pauta completa, lo que demuestra la facilidad de su obtención en el sitio web de la consejería de Sanidad. Además, recordó que se han extendido prácticas de seguridad como la toma de temperatura en ciertos lugares, por lo que considera que puede ser muy bien aceptada por la población y los sectores afectados.

Pérez anunció también que el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, volverá a dirigirse al delegado del Gobierno en las Islas, Anselmo Pestana, y a los alcaldes de los 88 municipios isleños para intensificar aún más los controles policiales, sobre todo teniendo en cuenta que llega un fin de semana que, además, incluye un viernes festivo en ciudades como Santa Cruz de Tenerife.

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PLANETA CANARIO

El Consejo de Gobierno de Canarias, reunido este jueves 15 de julio, en la sede de Presidencia de Las Palmas de Gran Canaria, ha decidido elevar un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo tras el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que rechazó establecer el toque de queda de las 00:30 a las 6:00 horas en islas en niveles 3 y 4 por la pandemia de la covid-19, medida que por ahora solo afectaría a Tenerife.

El portavoz gubernamental, Julio Pérez explicó que el recurso se presentará en el plazo de 3 días que estipula la ley y que los servicios jurídicos de la Comunidad han elaborado un informe que concluye que existen argumentos “contundentes” para ese recurso respecto al auto del TSJC en su conjunto.

Pérez subrayó que, entre otras razones, los servicios jurídicos consideran que, frente a la tesis del TSJC, sí existe proporcionalidad entre la situación sanitaria de Canarias y esa limitación de la movilidad nocturna que propone el Ejecutivo. “A diferencia de lo que señala el Tribunal Superior, creemos que sí hay un peligro grave e inminente para la población de las Islas. El TSJC cree que eso no se ha acreditado atendiendo a la presión asistencial y hospitalaria, pero el Gobierno considera que eso se puede discutir y que el toque de queda puede ser defendido ante el Supremo”, indicó el portavoz.

DATOS ACTUALIZADOS ESTE 15-7-2021 POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

El recurso también se fundamentará en que, si bien es cierto que medidas de legislación ordinaria sobre actividades clasificadas y de intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad ofrecen resultados para disolver concentraciones como la de los botellones, uno de los principales focos de los contagios ahora, resulta mucho más efectivo evitar que esas situaciones se den si no se permite transitar entre las 0:30 y las 6:00 horas

Una franja horaria en la que, además, tampoco hay excesiva actividad social porque la restauración y los bares deben cerrar antes y porque, en islas en nivel 3 y 4, no se permite el acceso a sitios como las playas o parques públicos. «Es mucho más fácil evitarlo si no se puede salir de casa»m indicó Pérez, «que si se espera a que actúen las fuerzas de seguridad, levanten acta y se tramiten los procedimientos”.

Imagen de un botellón disuelto por la Policía Local en Santa Cruz, en septiembre pasado.

El recurso también cuestionará la tesis del TSJC de que habría que tener confianza en que la mayor parte de la población cumple las normas y, por eso, no se debe restringir la movilidad. “Eso puede compartirse, pero los epidemiólogos nos dicen que comportamientos que pueden ser excepcionales, como los botellones, sí tienen incidencia sobre el conjunto de la población”, señaló érez.

Tanto el portavoz como el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, advirtieron del aumento en las incidencias acumuladas de la Covid en la última semana en islas como Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura o La Palma. Por esta mala evolución, el Gobierno considera que está justificado el toque de queda en islas en niveles 3 y 4 o, en su defecto, en los municipios con mayor afección. Como el TSJC no respaldó ninguna de esas dos opciones, el Ejecutivo recurrirá su auto en su integridad.

Sede del TSJC en Santa Cruz de Tenerife.

En su auto diectado el miércoles 14d e julio, la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC; que preside Juan Ignacio Moreno-Luque Casariego y forman también Evaristo González y González y Jaime Guilarte Martín-Calero (ponente), afirma que «no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución» para efectuar severas restricciones a la libertad personal que es un derecho fundamental previsto en el artículo 1, 17 y 19 de la Constitución Española».

Sostienen los magistrados que «nadie niega la idoneidad de la medida para luchar contra la enfermedad y facilitar el funcionamiento del Servicio de Salud en los términos propuestos por Salud Pública antes de que se produzcan dificultades por la sobrecarga de trabajo, que ya son notables desde el inicio  la epidemia, pero el fin no justifica cualquier medio y el acuerdo adoptado es excesivo y a costa de un perjuicio grave para la inmensa mayoría de la población, incluida la joven, que cumple las normas con la finalidad de evitar estos incumplimientos».

Y argumenta la Sala del TSJCS que la prevención y sanción de estos incumplimientos «corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, debiendo desplegar a tal efecto la actuación que sea necesaria para evitarla y corregirla si no han tenido éxito otros medios impeditivos o disuasorios, incluida la publicidad institucional en medios de comunicación, lo que constituye la medida alternativa menos gravosa que hace innecesaria la propuesta, como habíamos advertido en el auto anterior de 9 de mayo, y no se ha justificado su imposibilidad o ineficacia y en cambio elude una excepción al ordenamiento jurídico que pugna con derechos fundamentales, al contrario, confirma la vigencia del Estado de Derecho también en tiempos de pandemia cumpliéndose las normas o sancionando su incumplimiento a quienes no están vacunados y hacen un uso irresponsable de su libertad sin respetar los derechos de los demás (artículo 10.1 CE)».

Vincular la entrada en espacios públicos al certificado COVID, los PCR o los test rápidos

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Realización de una prueba de covid-19 (PCR) en el cribado realizado este fin de semana en Tenerife.

El Consejo de Gobierno también decidi estudiar, la próxima semana y junto a la mesa sectorial de restauración, la posibilidad de que se vincule el acceso al interior de establecimientos en los que haya relación social, como los restaurantes y bares, a que se porte el certificado de vacunación de la covid, una PCR negativa o un test rápido que demuestre estar libre del virus.

Pérez recalcó que esto ya se ha hecho durante gran parte de la pandemia, con gran éxito, en los establecimientos alojativos de las Islas y considera que puede servir para frenar el aumento de contagios. El consejero de Sanidad, además, indicó que esto se reforzará con la decisión del Consejo de Ministros del próximo martes de que se puedan adquirir test rápidos en las farmacias a un precio de entre 10 y 12 euros.

Esa posible vinculación se adoptaría en el próximo Consejo de Gobierno y, previamente, se abordaría con los integrantes de la mesa sectorial de la restauración y el comercio. Según señaló Pérez, otros territorios ya han adoptado esta medida y el certificado de vacunación ha sido descargado por medio millón de residentes en las Islas con pauta completa, lo que demuestra la facilidad de su obtención en el sitio web de la consejería de Sanidad. Además, recordó que se han extendido prácticas de seguridad como la toma de temperatura en ciertos lugares, por lo que considera que puede ser muy bien aceptada por la población y los sectores afectados.

Pérez anunció también que el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, volverá a dirigirse al delegado del Gobierno en las Islas, Anselmo Pestana, y a los alcaldes de los 88 municipios isleños para intensificar aún más los controles policiales, sobre todo teniendo en cuenta que llega un fin de semana que, además, incluye un viernes festivo en ciudades como Santa Cruz de Tenerife.

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