PLANETA CANARIO
El estado de alarma por la pandemia del coronavirus Covid-19 ha impuesto unas condiciones a la actividad empresarial y al consumo por parte la población que conviene conocer para tener claro cuáles son los derechos de usuarios y consumidores en esta situación excepcional.
La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha editado una guía para informar de esta cuestión, con información de interés sobre distintos aspectos cuya regulación ha cambiado a raíz de la aplicación del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas.
PLANETA CANARIO ofrece a continuación buena parte del contenido de esta guía, dado su indudable interés no solo para los habitantes de la capital grancanaria sino en general para todos los usuarios, ya que, si bien hay algunos aspectos concretos que se refieren a este municipio (como los aplazamientos y exenciones en el pago de tributos y tasas, y algunas cuestiones relativas al transporte público municipal), el grueso de la información son normas de aplicación general en este momento, por lo que puede ser útil para los lectores de toda Canarias.
Suspension de tramites administrativos y judiciales
Durante el estado de alarma se paralizan los plazos para la tramitaciónn de los procedimientos con las administraciones públicas y en procesos judiciales, que se reaunudarán una vez se inicien.
Prorroga para renovar el DNI
La renovación del documento nacional de identidad con plazo ya vencido se puede efectuar un año después de su caducidad, por lo que durante ese tiempo mantendrá su validez.

Productos comprados por internet o teléfono
Interrupción excepcional de los plazos de desistimiento de los productos comprados online, a distancia o por teléfono, con el objetivo de evitar desplazamientos durante el estado de alarma y garantizar este derecho. Se amplían la entrega de productos adquiridos en el comercio por internet, teléfono o correspondencia, y las facultades atribuidas al Ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana para facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional, que, en la redacción inicial del RD 463/2020, se limitaban a las necesarias para garantizar el abastecimiento. El computo de los plazos se reanudara una vez terminado el Estado de Alarma y sus prorrogas.
Moratoria de pagos de hipotecas
Se aplica en las hipotecas para la adquisición de vivienda habitual en los supuestos de vulnerabilidad económica de la parte deudora, así como a fiadores y avalistas de la persona deudora principal.
Apoyo al pago de la vivienda
En la capital grancanaria, se suprime el pago del alquiler de todo el año de los inmuebles, aparcamientos y trasteros de titularidad municipal. Además, se ha agilizado la resolución de las ayudas al alquiler y se ha aplazado el abono de las cuotas de amortización. Otros ayuntamientos están adoptando también exenciones, bonificaciones y aplazamiento de pagos en tasas y tributos locales.

La apertura de empresas en la fase 1 de la desescalada
De tres fases para levantar las restricciones por la pandemia, Canarias se encuentra en la primera, desde el 11 de mayo y durará dos semanas. Durante esta etapa estas serán las principales novedades:
–Comercio y servicios: apertura del pequeño comercio con aforos limitados y distancias de seguridad.
–Hostelería: apertura de terrazas con el 50% de las mesas habituales. En un principio, el Gobierno central había anunciado el limite del aforo para esta fase al 30% de las terrazas.
–Hoteles: apertura sin use de zonas comunes y con restricciones en restauración.
–Ocio: actos y espectáculos para menos de 30 personas, 200 si son al aire libre. Los museos abrirán con límites de aforo. Bibliotecas.
–Lugares de culto: limitación a un tercio del aforo total.
–Agricultura: apertura de actividades del sector agroalimentario y pesquero que mantenían restricciones.
Empresas que pueden abrir en cualquier fase
Permanecerán abiertas las tiendas de: alimentos, farmacias, clínicas veterinarias, ópticas, estancos, bazares, alimentos para animales, lavanderías, tintorerías, productos higiénicos, combustibles de automoción, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, comercio por Internet, telefónico o correspondencia, gremios de fontanería a domicilio en Ilamadas de urgencia siempre que se mantengan las distancias entre personas y peluquerías a domicilio, talleres de reparación de vehículos siempre que no ester] abiertos al publico, fontanería en Ilamadas de urgencia.
El pago de cuotas por servicios no disfrutados
Las cuotas de gimnasios, academias, y otros servicios de tracto sucesivo. Los prestadores de estos servicios deberán reembolsar la parte proporcional de la cuota referida a los días que no se haya disfrutado del servicio al estar la actividad anulada por la situación de excepcionalidad y confinamiento obligatorio, pudiéndose ofrecer la posibilidad de que se bonifique en el primer cargo posterior al estado de alarma cuando se reanude la actividad. En cualquier caso, no deben cobrar hasta que se vuelva a la actividad con normalidad. El prestador de servicios puede ofrecer su disfrute posterior sin cargos o reducir la cuantía de futuras cuotas, no dando lugar a la rescisión del contrato y las partes volverán a asumir las obligaciones, objeto del contrato.
Comercio electrónico
Se suspenden los plazos del derecho de desistimiento durante el estado de alarma y sus prórrogas, en el supuesto de falta de conformidad, garantías legales o comerciales de los productos adquiridos. En la compra de productos, el comerciante deberá entregar el producto en un plazo de 30 días sin demora salvo que se hubiesen acordado otros plazos de entrega. Si no cumple, la persona consumidora tiene derecho a resolver el contrato y el comerciante a reembolsar la cantidad abonada.

Supresión de tasas y tributos para pymes
En el caso de la capital grancanaria, se exime a los contribuyentes del pago durante todo el año de las tasas de recogida de basura comercial, quioscos, terrazas, licencias de apertura, hamacas y embarcaciones, puestos en rastros y feria, autotaxis, así como el canon por el desarrollo de actividades en espacio municipal. Se devolverán todas aquellas cantidades abonadas desde el 1 de enero, hasta la fecha, de los tributos anteriormente mencionados.
Aplazado el pago de tributos
En Las Palmas de Gran Canaria, la cobranza voluntaria de la tasa por vado y el impuesto de circulación (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica) podrán pagarse hasta el 4 de diciembre, misma fecha límite que se establece para el Impuesto de Bienes Inmuebles y el Impuesto de Actividades Económicas.
Servicios básicos
Prohibición de cortar agua, luz y gas a personas y colectivos durante la crisis. Las empresas suministradoras no podrán suspender el suministro a personas consumidoras vulnerables, vulnerables severas, o en riesgo de exclusión social.
Se prorroga automáticamente la vigencia del bono social, hasta el 15 de septiembre de 2020.
Se suspende la actualización de precios regulados, a fin de evitar el alza de precios del butano, y tanto los gases licuados como tarifas de ultimo recurso de gas natural.

Transporte público
En las guaguas de la empresa pública del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria Guaguas Municipales el pago se realizara con las tarjetas o bonos de transporte (excepto Bono2), nunca con dinero en efectivo. Para mayor seguridad de los conductores, las primeras filas quedan inhabilitadas y se accederá a bordo del vehículo por la puerta central (o trasera, cuando la guagua sea pequeña).
SAGULPA ha realizado la ampliación automática de todos los abonos anuales que se vencían en marzo y abril. El resto de los abonos anuales registrados también se irán ampliando 2 meses una vez hayan Ilegado a su fecha de renovación.
La suspensión temporal del servicio de estacionamiento regulado (zona verde y azul) entró en vigor el pasado 16 de marzo, después de que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria aprobara una resolución por la que se establecían una serie de medidas en los servicios públicos municipales para la prevención y contención del Covid-19.
El servicio de Sitycleta se mantiene al 50%, siendo una de las opciones recomendadas desde el punto de vista sanitarias.
Actos y eventos públicos
Hay que evitar aglomeraciones en iglesias y ceremonias, cuyos actos siempre deben estar sujetos a las medidas de contención que se van adoptando.
Se suspenden los eventos culturales y de ocio públicos, con devolución de entradas.
En el caso de espectáculos deportivos, eventos, conciertos…etc, si se había pagado y se cancela por la situación excepcional del estado de alarma, el empresario puede proponer cambio de fechas sin coste alguno, y si se aplaza para otra fecha. Si eso no conviene al consumidor, este puede solicitar la devolución íntegra de lo abonado.
Servicios sanitarios privados
Las personas que tenga contratada pólizas de seguros de enfermedad y asistencia sanitaria, deben consultar si les cubre contingencias derivadas de la situación actual de coronavirus.
En caso de controversia sobre el alcance de los riesgos cubiertos en la póliza, se podrá reclamar a la aseguradora y, en caso de no recibir respuesta o de no ser esta satisfactoria para el usuario, podra presentar reclamación ante la Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Funerarias
El Gobierno estatal fija precios y modifica tarifas en alza con carácter retroactivo.
Compras y devoluciones
Se interrumpen los plazos de devolución de productos en compras online y presenciales. El cómputo de plazos se reanuda cuando se decrete la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.

Viajes y alojamientos
Cancelaciones de viajes y billetes de transporte aéreo: con carácter general, aplazamiento o entrega de bonos para realizar el viaje en otras fechas o reembolso integro, a elección del usuario. El estado de alarma, confinamiento y el miedo al contagio son causas mes que suficientes para la cancelación de viajes y billetes. En caso de negativa por la aerolínea, hay que contactar con AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).
Viajes combinados (viaje y otros servicios como hoteles o transporte.)El organizador del viaje (agencia de viajes, minoristas), podrá proponer la entrega de un bono para ser utilizado dentro del año desde la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, por una cuantía igual al reembolso que hubiera correspondido. Transcurrido el año sin que se hubiera utilizado el bono, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado.
También podrá pedir la resolución del contrato al organizador del viaje y este deberá proceder al total reembolso, siempre que los proveedores finales de los servicios (aerolíneas, hoteles) hubieran devuelto los importes a los organizadores del viaje. Si las devoluciones a los organizadores del viaje por estos servicios fueran parciales, las devoluciones de estos a los usuarios o consumidores también lo serían en la misma proporción, y dicha devolución se descontaría del importe del bono entregado a la resolución del contrato. Los citados reembolsos se deberán hacer en el plazo de 60 días desde la resolución del contrato o desde la devolución del dinero por parte de los proveedores a los organizadores del viaje (agencia de viajes, minoristas…).
Renfe: devolución de billetes desde el 16 de marzo de 2020, cambios y anulación sin coste alguno. Teléfono: 918314520
Suspensión de viajes del IMSERSO: devolución del dinero.
Reserva de hoteles: por decreto del Gobierno estatal, los hoteles están cerrados desde el 26 de marzo de 2020. En consecuencia, la persona consumidora podrá cancelar sin penalización alguna cualquier reserva efectuada entre la citada fecha y la finalización del estado de alarma.
Telecomunicaciones
Se garantiza la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas y del servicio universal. En la compra de productos, el comerciante deberá entregarlo en un plazo de 30 días sin demora, salvo que se hubiesen acordado otras condiciones.
Se suspende la portabilidad de numeración fija y móvil que no esté en curso, excepto en casos excepcionales de fuerza mayor.
No se realizarán campañas comerciales extraordinarias de contratación de servicios.
Se interrumpe el plazo para la devolución de productos comprados bien en modalidad presencial o bien online. También afecta al plazo para ejercer el derecho de desistimiento (compras fuera de establecimiento físico).
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