VICENTE PÉREZ
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado la pretensión del Ayuntamiento de Adeje de levantar la suspensión cautelar de las obras de construcción del complejo turístico Cuna del Alma, en el Puertito de Armeñime (420 chalés y un hotel de lujo) y se inclina por mantener la paralización de los trabajos para velar por la protección de los hábitats naturales.
Al mismo tiempo, se le imponen al consistorio las costas del proceso, en el que también aparece como demandante la Junta de Compensación de la unidad de actuación que comprende este proyecto.
El auto fue dictado a finales de julio pasado por la Sección Segunda de la Sala de los Contencioso Administrativo del TSJC, pero notificado a las partes el 1 de septiembre. Se trata de un litigio promovido por el Ayuntamiento adejero que preside el socialista José Miguel Rodríguez Fraga contra la suspensión cautelar de las obras, en la pasada legislatura, por parte de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático, entonces también en manos del PSOE y ahora, tras las elecciones de mayo pasado, desgajada en Transición Ecológica (en manos del PP) y Planificación Territorial (CC). Como codemandados figura el Cabildo de Tenerife y la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN).
De acuerdo con esta resolución judicial, «los perjuicios que se podrían irrogar de acordarse la suspensión pretendida […] podrían ser irreparables». Y ello porque «no se dispone de un estudio sobre la presencia de los valores ambientales protegidos por la normativa estatal y regional en todo el ámbito de desarrollo del proyecto, y que con la información bibliográfica obrante en el Servicio de Biodiversidad [del Gobierno canario] se tiene constancia de más de 65 especies protegidas que hacen algún uso del territorio dentro del ámbito del proyecto».
Además, expone el TSJC, «con un estudio parcial encargado por el Cabildo de Tenerife se pone de manifiesto que existen diferencias significativas entre la información bibliográfica disponible y la presencia real de especies y hábitats en el ámbito del proyecto, habiéndose detectado hasta un incremento del 339’53% de superficie de un hábitat de interés comunitario que ha sido intervenido en las obras iniciadas y sobre las que se ha propuesto de forma provisional la suspensión».
Destaca el tribunal que «no se ha realizado un análisis de la posible afección de las distintas unidades de obra previstas en el proyecto de urbanización, sobre los hábitats y especies objeto de protección» ni se dispone de una valoración sobre si las obras afectan a esos valores naturales y si esa afección es significativa, ni si en función del grado de afección a los efectos ambientales procede la realización del proyecto o el establecimiento de condicionantes ambientales, medidas correctoras o compensatorias».
Por ello, entiende la Sala que no procede levantar la suspensión cautelar de los trabajos de la urbanización, ya que ve «imprescindible» que se mantengan todas las fases del proceso judicial principal «para esclarecer la controversia».
Hay que recordar que también modo existe una denuncia ante la Fiscalía en el cual se solicita la nulidad de la totalidad del plan urbanístico. La promotora tiene también abierto un expediente de sanción por destrucción de restos guanches, lo que motivó que en su momento el Cabildo de Tenerife también paralizara los trabajos.