PLANETA CANARIO
El Juzgado de Instrucción 1 de Las Palmas de Gran Canaria ha archivado el procedimiento contra el sacerdote grancanario Francisco Baéz Santana, más conocido como el padre Báez, a quien la Fiscalía había denunciado por un supuesto delito de discriminación, a raíz de sus comentarios sobre Beatriz Zimmermann, la madre de las niñas tinerfeñas Ana y Olivia que fueron raptadas por su padre, Tomás Gimeno, en Tenerife y supuestamente asesinadas por él y arrojadas al mar, y de las que solo se pudo encontrar el cadáver de una de las pequeñas bajo el océano.
El Ministerio Fiscal consideró que las opiniones emitidas o publicadas por el denunciado justificaban la desaparición o muerte de las hijas porque la madre se había separado del padre de las menores con el argumento de que, todo esto, se debe a las situaciones de separación, a que las mujeres no aguantan a los hombres, y a que estas cambian de pareja y separan a sus hijos de sus padres.
Pero el magistrado titular de dicho Juzgado, Alberto Puebla Contreras, ha archivado las diligencias abiertas, en una sentencia dictada el 24 de noviembre y divulgada esta semana por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, decisión contra la que cabe recurso.
Según el juez, el padre Báez, negó categóricamente que justificara la muerte de las menores porque sus progenitores se hubieran separado y, !por el contrario, calificó la conducta del padre como de asesino al cien por cien y consideró que sería aberrante justificarla». Asimismo, calificó a la madre como otra víctima»; subraya la resolución judicial.

La sentencia se basa además en que las expresiones del cura que pudieran ser más equívocas, como «si ese matrimonio hubiere sido fiel, si no se hubiese roto, esas niñas estarían vivas», «la falta de fidelidad… y después vienen estas consecuencias», «paremos rupturas matrimoniales, reforcemos la fidelidad, no entreguemos los hijos de un padre a otro y evitaremos tragedias y dramas, como las que estamos viviendo» fueron aclaradas durante su declaración en el sentido de rechazar cualquier clase de justificación de la conducta del progenitor.
Otra expresión del investigado, también cuestionable -razona el juez- como la consideración de víctima como «no digo de quien pero quien me escucha si no es tonto sabe a lo que y a quien me refiero», tampoco resulta suficiente para continuar con el procedimiento atendidas las explicaciones ofrecidas durante su declaración sin que aquellas manifestaciones puedan interpretarse como una justificación de la conducta del progenitor, de acuerdo con el criterio del magistrado instructor de la causa.
En la denuncia el Ministerio Fiscal señala que el investigado justifica la conducta delictiva del padre; pero, según se expone en la sentencia, el cura «rechazó expresamente esa conclusión y manifestó que en modo alguno justificaba la conducta del progenitor en el sentido de que fuera justa y que las muertes fueran una consecuencia necesaria de la separación o de la situación de los progenitores».
«Por el contrario», dice el juez, «el investigado señaló que en sus manifestaciones distinguía entre, por una parte, causas y, por otra, justificaciones, entre circunstancias que podrían ser detonantes de algo o explicación de alguna consecuencia, sin descartar que puedan ser otras (causas), y justificación, en el sentido que ser correcto o justo la conducta del progenitor, y a lo que se refería el investigado es a lo primero».
A continuación figuran los polémicos comentarios en Facebook y el vídeo (a partir del minuto 9:20) que publicó el padre Báez en las redes sociales:























































