NOÉ RAMÓN
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el segundo recurso de amparo presentado por el ex asesor de la Junta de Compensación de Las Teresitas, Mauricio Hayek. Con esta decisión tomada el pasado 13 de junio sólo le queda al abogado la posibilidad de acudir a Estrasburgo.
El TC además avala que el asesor jurídico, actualmente en prisión, debe indemnizar a la junta con más de 1,6 millones de euros, dinero del que se apropió indebidamente, y cuantifica la multa a abonar en 4.050 euros.
A finales del pasado año la Sala II del Tribunal Supremo confirmó la condena de la Audiencia Provincial tinerfeña de tres años y seis meses de cárcel impuesta a Mauricio Hayek.
Aquel fallo se enmarca en la pieza separada del Valle Las Huertas, relacionada con el caso Las Teresitas, cuyos seis condenados están actualmente en la cárcel. Éstos son Miguel Zerolo, ex alcalde y Manuel Parejo, ex concejal de urbanismo, los técnicos, José Tomás Martín y Víctor Reyes y los empresarios, Antonio Plasencia e Ignacio González.
El Supremo subrayó en su sentencia que el asesor jurídico Mauricio Hayek, «desde su posición de privilegio y dominio en la junta, con un claro desprecio a los deberes de lealtad que le vinculaban con la entidad que había depositado en él la confianza como asesor, que posteriormente reforzó como propietario, llevó la iniciativa en la estrategia que a través de los distintos episodios enumerados desembocó en el expolio de las sumas indicadas, en beneficio propio y en detrimento de aquella».
La sentencia agrega que, «al tratarse de una actuación continuada en el tiempo, en la que se entremezclan distintas operativas, no resulta fácil individualizar nítidamente la manera en que en cada caso canalizó su capacidad de liderazgo, pero lo que resulta patente a la vista de lo razonado por la sala sentenciadora es que a él correspondió la iniciativa y, aun cuando necesitó de la intervención de los otros miembros de la Junta se prevalió de la posición de superioridad que ostentaba. No puede cuestionarse, pues, que tuvo el dominio del hecho, ni considerarse error su condena como autor con un alcance global».