La pandemia empeora en Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura, que suben al nivel 3 de alerta

El Gobierno canario aplicará las nuevas restricciones en estas tres islas a partir del lunes 22, mientras que Lanzarote continúa en el nivel 2, pero con perspectivas de que pronto pase a nivel 1, que es el más bajo, y en el que continúan La Gomera, La Palma y El Hierro

PLANETA CANARIO

El empeoramiento de los indicadores de la pandemia en Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura en las últimas dos semanas ha llevado al Gobierno canario a subir en estas islas el nivel de alerta sanitaria.

De este modo, a partir del lunes 22 de marzo, pasarán del nivel de alerta 2 al 3, lo que implica un endurecimiento de las restricciones, si bien en estas islas ya se venían aplicando algunas propias del nivel 3, como el toque de queda a las 22 horas y aforos más restringidos en la hostelería, entre otras medidas.

Así lo ha anunciado en la tarde de este jueves, 18 de marzo, en rueda de prensa el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, tras una reunión del Consejo de Gobierno, quien también explicó que el resto de las islas se mantienen en el mismo nivel de alerta, es decir, Lanzarote en el nivel 2 y La Palma, El HIerro y La Gomera en el nivel 1, que es el más bajo.

La incidencia acumulada en los últimos 7 días se sitúa a escala regional en 67,85  casos por 100.000 habitantes.Por islas, esta ratio es la siguiente: Fuerteventura 85,55; Tenerife 74,85; Gran Canaria 72,37; La Gomera 27,90; El Hierro 27,35; Lanzarote 22,98; La Palma 18,14. El objetivo es bajarla a menos de 50, y de nuevo se está distanciando esa meta en tres de las islas y en el cómputo autonómico.

«En Tenerife en estas dos semanas todos sus  indicadores en estas dos semanas  han ido subiendo de forma constante y continua, tanto en incidencia 7 días, como en la incidencia para mayores de 65 años y ocupación de camas en UCI, lo que nos hacen colocarla en el nivel 3″, explicó el consejero.

Blas Trujillo, consejero de Sanidad del Gobierno canario.

Sobre Fuerteventura, apuntó que en los últimos días la incidencia ha subido en general, y también la que afecta a mayores de 65 años,  por encima incluso del propio límite del nivel 3, «lo que ha llevado a una presión hospitalaria importante y ha obligado a activar el plan de contingencias en el hospital insular».

En lo que respecta a Gran Canaria, esta isla, en palabras de Trujillo, «tiene un incremento más amortiguado, menos significado, pero sí constante y al laza, y es necesario atajarlo», por lo que igualmente se eleva de nivel de alerta.

En Lanzarote la evolución está siendo muy positiva, pues de haber tenido el máximo nivel, el extremo, el 4, se halla en 2 y «progresa de manera satisfactoria, por lo que en un periodo de tiempo corto podría estar en el nivel 1».

Un mundo aparte en lo que a la pandemia se refiere son El HIerro, La Palma y La Gomera, cuya baja incidencia de la Covid-19 se mantiene, por lo que seguirán en el nivel de alerta más bajo, el 1.

Además, el Gobierno canario  ha anunciado que con independencia del nivel de alerta, se permitirá servir comida a domicilio hasta la medionoche y actividades deportivas en espacios cerrados, como  los gimnasios, con aforo máximo del 33%, mascarillas, distancia de 2 metros y grupos de hasta 4 personas con monitores, actividad que hasta ahora estaba prohibida.

Recreación de un coronavirus Covid-19, visto al microscopio.

A continuación se detallasn las medidas que, corácter general, se vienen aplicando hasta este momento en los diferentes niveles de alerta:

Nivel de alerta 3: Fuerteventura, Tenerife y Gran Canaria

 

Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, de las 22:00 horas a las 6:00 todos los días. Estas limitaciones no afectan a la realización de las actividades esenciales recogidas en la normativa y el artículo 5 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre.

Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. En el nivel de alerta 3, la permanencia de personas tanto en espacios de uso público como privado cerrados o al aire libre queda limitada a cuatro personas, salvo en el caso de convivientes. Si el grupo incluye tanto personas convivientes como no convivientes este no excederá de cuatro personas.

Restricción de entrada y salida de personas, salvo por causa justificada que se produzca por alguno de los motivos contemplados en la normativa y los recogidos el artículo 6 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre.

Medidas para hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. No se podrá superar el 50% del aforo autorizado en terrazas al aire libre y no está permitido el uso de espacios interiores, ni consumo en barra. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesas será de 4 personas en el exterior. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 22.00 horas.

Práctica deportiva. Para las actividades colectivas en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente, se permite un número máximo de 4 personas por grupo, incluido el monitor. Además, se garantizará la distancia de seguridad de 2 m entre los distintos grupos en todo momento. No se superará el 33% del aforo para cada una de las estancias y centros deportivos.

Transporte público. En el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros, queda reducido su aforo al 50%. Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables.

Centros hospitalarios y de atención sociosanitaria. En los centros hospitalarios se suspenden las visitas externas salvo en el caso de menores de edad, acompañamiento a pacientes terminales y aquellas otras situaciones clínicas que se consideren necesarias a criterio del facultativo. En las residencias de mayores, se suspenden las salidas de los residentes fuera de los centros y las visitas externas, salvo en el caso de acompañamiento a pacientes terminales y aquellas otras situaciones que se consideren necesarias a criterio de la dirección del centro por motivo sanitario. De esta limitación estarán exentos aquellos pacientes que sean casos confirmados con infección resuelta. Además, se recomienda la utilización de mascarillas tipo FFP2 y pantallas protectoras faciales por parte del personal que tenga atención directa con los pacientes en estos centros, así como reforzar la ventilación.

Nivel de alerta 2: Lanzarote

Limitación de la libertad de circulación en horario nocturno,de las 23:00 horas a las 6:00 todos los días.

Aforo entre no convivientesen espacios públicos y privados. Se limita la permanencia de grupos de personas a un máximo de 6, salvo en el caso de convivientes. Si el grupo incluye tanto personas convivientes como no convivientes este no excederá de 6 personas.

Medidas para hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. No se podrá superar el 75% del aforo autorizado en terrazas al aire libre y el 50% en espacios interiores. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesas será de 6 personas en el exterior, 4 en espacios interiores y de 2 el grupo de clientes en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 23.00 horas.

Práctica deportiva. Para las actividades colectivas en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente, se permite un número máximo de 4 personas por grupo, incluido el monitor. Además, se garantizará la distancia de seguridad de 2 m entre los distintos grupos en todo momento. No se superará el 33% del aforo para cada una de las estancias y centros deportivos.

Al aire libre se permite el deporte en grupos máximos de 6 personas, incluido monitor, si no puede mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros permanentemente. No se superará el 75% del aforo deportivo en cada uno de los espacios y centros deportivos. Se permite la actividad deportiva federada no profesional en modalidades con más de 10 personas superar hasta el máximo necesario exclusivamente para el desarrollo de la actividad.

Transporte público. En el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros, queda reducido su aforo al 50%. Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables.

Centros hospitalarios y centros de atención sociosanitaria. En los centros hospitalarios se limitan las visitas externas, quedando bajo supervisión del centro. Además, se recomienda la utilización de mascarillas tipo FFP2 y pantallas protectoras faciales por parte del personal que tenga atención directa con los pacientes en esos centros, así como reforzar la ventilación.

Nivel de alerta 1: (La Palma, La Gomera y El Hierro)

Limitación de la libertad de circulación en horario nocturno,de las 00:00 horas a las 6:00 todos los días.

Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. Se limita la permanencia de grupos de personas a un máximo de 10 personas, salvo en el caso de convivientes, entendiéndose como tales a las personas que residen bajo el mismo techo. En el caso de que el grupo incluya tanto a personas convivientes como no convivientes, el grupo no excederá de 10 personas.

Medidas para hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. No se podrá superar el 75% del aforo autorizado en los espacios interiores. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesas será de 10 personas en el exterior, 6 en espacios interiores y de 4 el grupo de clientes en barra. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 00.00 horas.

Práctica deportiva. Para las actividades colectivas en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente, se permite un número máximo de 4 personas por grupo, incluido el monitor. Además, se garantizará la distancia de seguridad de 2 m entre los distintos grupos en todo momento. No se superará el 33% del aforo para cada una de las estancias y centros deportivos.

Transporte público.Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables. Se recomienda aumentar la frecuencia de horarios del transporte público, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluye no comer ni beber y hacer un uso correcto de la mascarilla.

 

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