PLANETA CANARIO
El juicio por supuesta vulneración de derechos fundamentales por parte de la Esclavitud del Cristo de La Laguna, con la presunta complicidad del Obispado de Tenerife, al no aceptar a mujeres, ha quedado visto para sentencia en el Juzgado de Instrucción 2 de Santa Cruz de Tenerife, tras la vista oral celebrada este lunes.
La Fiscalía ha asumido la tesis de la denunciante, Teresa Laborda, quien decidió llevar este asunto a los tribunales de Justicia ante la inacción del Obispado, que no respondió a sus requerimientos, el último un escrito presentado por ella y otras 34 devotas a las que se les ha negado poder formar parte de esta hermandad religiosa.
El agente de la Fiscalía General del Estado en la provincia Jonay Socas rechazó la pretensión de la hermandad para que se desestimara la demanda, según informaron Esaú Hernández y Sara Barrientos en Mírame TV
Y lo hizo aclarando que “los tratados internacionales están vinculados al ordenamiento jurídico español cuya norma suprema es la Constitución española y, su artículo 14, uno de sus derechos fundamentales: “Los españoles [y las españolas] son iguales ante la Ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
El abogado del Obispado, Javier Seco, aseguró que el obispo da su conformidad a que haya mujeres en la Esclavitud pero que no lo puede imponer, por lo que negó que haya habido complicidad de la entidad episcopal en este asunto. En una llamativa comparación, equiparó un gimnasio unisex con una cofradía religiosa: «Existen ejemplos civiles de asociaciones sólo de mujeres, sólo de hombres y mixtas, y eso no implica que se infrinja el ordenamiento jurídico”. Citó en este sentido el caso de “los gimnasios de mujeres”.
La abogada de la acusación, Andréa Cáceres, afirmó que alegar, en el siglo XXI, que es una costumbre una cofradía solo de hombres, «no es una justificación razonable, pues en la Constitución de 1978 se consagra el principio de igualdad». «Hace 400 años no existían los tratados internacionales de igualdad de género, ni la Constitución ni leyes orgánicas de igualdad entre hombres y mujeres, por eso también se permitía la esclavitud [la explotación de personas] y hoy no se puede justificar el trabajo esclavo porque durante mil años sí se permitiera». Cáceres añadió que el propio Derecho Canónico no discrimina a la mujer y en este caso «estamos hablando de discriminación, infringiéndose la Constitución Española».
El abogado de la Esclavitud del Cristo, Adasat Afonso, defendió que esta cofradía se regula por “el derecho de la Iglesia a organizarse de forma libre”, y reivindicó su facultad de autoorganizarse mediante sus estatutos y conforme al Derecho Canónico y los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede. E insistió durante el juicio, tal y como informó Mírame TV, en que, tanto el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, como el Tribunal Supremo, han reconocido que la libertad religiosa protege su plena autonomía y su derecho a organizarse de forma libre, algo que la abogada de la acusación considera una tergiversación de esas sentencias judiciales.
El juicio se celebra un mes después de que la hermandad religiosa lagunera celebrara una Junta General en la que, con asistencia de solo 48 esclavos, de los más de 1.500 con que cuenta esta asociación, rechazara la incorporación femenina. El resultado de la votación fue de 31 en contra de aceptar a mujeres, 12 a favor y 5 abstenciones.
El Juzgado de Instrucción que lleva el caso tiene al frente a una jueza, Gabriela Reverán, que ahora tendrá la última palabra sobre si es legal o no que a las mujeres se las excluya de esta asociación religiosa.
