Condenan a 67 años de cárcel a un hombre de La Orotava por corrupción de menores, abusos sexuales y exhibicionismo

El condenado, fotógrafo de profesión, deberá indemnizar a las víctimas con 43.000 euros. Contra esta resolución cabe aún recurso ante el TSJC

PLANETA CANARIO

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a un hombre de La Orotava a un total de 67 años de cárcel por la suma de ocho delitos de corrupción de menores por elaboración de material pornográfico, cuatro de exhibicionismo y provocación sexual y seis de abusos sexuales a menores.

La sentencia, hecha pública este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, le impone también inhabilitación  para ejercer una profesión u oficio relacionado con menores  por un periodo superior a cinco años al de la duración total de las penas de prisión impuestas.

También se le impone libertad vigilada durante diez años específicamente orientada a la participación en programas formativos de educación sexual.

El juez que instruye el caso expone que no podrá haber tercer grado penitenciario hasta que el reo, que tiene más de 40 años, haya cumplido la mitad de la condena, al tiempo que le impone una indemnización a las víctimas de 43.000 euros.

Además, se le impide acceder a menos de 200 metros de las víctimas y comunicarse con ellos a través de cualquier vía, ya sea telefónica, postal o telemática, aparte de que se han decomisado todos sus dispositivos tecnológicos para destruir o borrar el material gráfico.

Contra este sentencia cabe recurso de apelación.

La Audiencia Provincial refiere que P.H.G. fotógrafo de profesión, tenía antecedentes penales desde 2010 por un delito continuado de exhibicionismo y provocación, por el que fue condenado a 10 meses de prisión; más tres años de cárcel por elaborar material pronográfico con menores y un año y 6 meses por difundirlos

Se servía de la condición de fotógrafo para buscar sexo con menores

La sentencia dictada ahora por la Sección Quinta de la Audiencia da como hechos probados que el condenado, sirviéndose de la condición de fotógrafo de determinados eventos sociales, se publicitaba a través de redes sociales como Instagram o Facebook, y también por WhatsApp, contactaba con chicos menores de edad con el pretexto de realizarles sesiones fotográficas y con la promesa de crearles pare ellos un book de fotos que les pudiera servir para iniciar y lanzar su carrera profesional como modelos, halagándoles por sus condiciones físicas.

Pero en realidad, «con la intención de satisfacer sus más bajos instintos de naturaleza sexual y a sabiendas de que estaba tratando con personas menores de 18» utilizaba las sesiones fotográficas para mantener con los menores, por las referidas redes sociales, «un contacto más íntimo y de carácter predominante sexual en el que les solicitaba que se desnudaran íntegramente, mostrando sus partes órganos sexuales y además les enviaba fotos de los suyos o de otros jóvenes completamente desnudos o manteniendo relaciones sexuales».

La sentencia relata que una vez que conseguía que se desnudaran, «aprovechando el clima sexual conscientemente preparado con la muestra de fotografías con poca o ninguna ropa y la confianza generada en los menores con la promesa de ayudarlos a conseguir éxito en el mundo de Ia moda, el procesado realizó a alguno de ellos tocamientos en sus genitales y formuló solicitudes de naturaleza libidinosa a algunos menores para que practicaran con él sexo oral o mantuvieran con él relaciones sexuales completas, a lo que algunos accedían».

La sentencia relata hasta 10 casos de las conductas citadas con menores, lo cuales, ya mayores de edad, expresaron en el juicio su voluntad de denunciar los hechos, en algún caso los habían denunciado ya ante la Guardia Civil y la madre de una de las víctimas había hecho lo propio en su día.

 

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