Aluvión de 4.000 solicitudes de pymes y autónomos el primer día y medio para pedir las ayudas del Gobierno canario

El plazo estará abierto solo 20 días, hasta el 8 de abril, en una convocatoria que tiene una dotación global de 84 millones de euros

PLANETA CANARIO

La apertura del plazo para la solicitar las ayudas del Gobierno canario a pymes y autónomos ha deparado un aluvión de solicitudes.

Hasta las 16 horas del jueves, 11 de marzo, y desde  el día anterior, en que se pueden pedir por internet, el Gobierno de Canarias ha recibido 4.319 solicitudes.

Un indicador de la desesperación que existe en muchas empresas y autónomos del Archipiélago tras un año de constantes restricciones en libertad de circulación y de reunión y de aforo de clientes debido a la pandemia.

Un problema que no solo afecta a los residentes sino que, en un hecho sin precedentes, también a la llegada de turistas, que ha paralizado este sector que es motor de la economía canaria. De hecho, apenas ha llegado el 10% del turismo habitual, y algunos meses, cero, durante el confinamiento.

Por ello estas ayudas económicas, que totalizarán 84 millones de euros y se pueden solicitar vía telemática en el siguiente enlace; https://sede.gobcan.es/ece/identificacionmenu ,llegan como maná caído del cielo, aunque está por ver si esta ingente cantidad de solicitudes no atasca a la Administración autonómica y se abonan rápido.

El portavoz del Gobierno canario, Julio Pérez, indicó en la tarde de este jueves, 11 de marzo, que “si todo funciona bien” esos pagos se harán “pronto”. “Sabemos que no remediarán íntegramente el daño causado por la pandemia, pero serán un paliativo para quienes las reciban”, señaló.

La convocatoria aprobada por decreto ley tiene como objetivo financiar los gastos fijos de funcionamiento (alquiler, cánones de uso de la propiedad intelectual, primas de seguros no sociales y suministros de luz, agua y comunicaciones) de los sectores afectados no solo por las restricciones, sino por la reducción de demanda, y de ella podrán beneficiarse aquellas pymes y autónomos cuyo volumen de facturación haya caído un 30% o más en el segundo semestre de 2020 respecto al mismo periodo de 2019.

El plazo para presentar las solicitudes durará 20 días hábiles, hasta el 8 de abril. Las pymes y autónomos que soliciten la ayuda deberán presentar una declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o Mutualidad Profesional, entre otros requisitos.

Julio Pérez, portavoz del Gobierno canario, durante la rueda de prensa.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen en Canarias, con carácter principal, una actividad económica [que esté comprendida en las secciones, divisiones o grupos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, que figuran en el anexo 2] [encuadrada y en situación de alta en alguno de los grupos de epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que figuran en el anexo 2]; y, tratándose pequeñas y medianas empresas, tener en Canarias un establecimiento permanente donde se desarrolle la actividad objeto de ayuda.

También pueden pedir estas ayudas las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen en Canarias, con carácter principal, una actividad económica encuadrada y en situación de alta en alguno de los grupos o epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que figuran en el Anexo 3 del Decreto-Ley 2/2021, de 1 de marzo; y, tratándose de pequeñas y medianas empresas, tener en Canarias un establecimiento permanente donde se desarrolle la actividad objeto de subvención.

Igualmente, pueden solicitar estas subenciones las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica y tengan ánimo de lucro, y se encuentren incluidas en alguna de las categorías determinadas en el apartado 2.b) del artículo 3 del Decreto-Ley 2/2021, de 1 de marzo, en función de las personas que ocupen y el volumen de negocios anual o el balance general anual de que dispongan.

Igualmente, podrán obtener la condición de beneficiarias las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas que estando en situación de alta durante 2019 y 2020 y continúen activas a la entrada en vigor del Decreto-ley 2/2021, hayan sufrido en el segundo semestre de 2020 una reducción igual o superior al 30% en el volumen de facturación respecto al mismo semestre de 2019.

El estudio de costes unitarios que ha servido para fijar los costes medianos de las empresas se sustenta en una encuesta estructural que hace el INE para toda España y cuyos microdatos comparte con el Instituto Canario de Estadística (Istac). El tamaño de la muestra es 10.600 empresas en Canarias y, de ellas, el Istac ha elaborado un informe mediante el estudio de 4.737 para calcular los costes medianos de las que su facturación cae al 30%.

 

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