N. R.
El Juzgado número 1 de lo Contencioso de Santa Cruz ha anulado la adjudicación del concurso para redactar un estudio sobre la aplicación de la Ley de la Memoria Histórica en la capital tinerfeña. El fallo da la razón a una empresa frente a la resolución del Organismo Autónomo de Cultura adoptada en el mes de agosto del pasado año.
La decisión judicial tiene su base en el contenido del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que estableció el procedimiento negociado sin publicidad al que fueron invitadas a concurrir dos entidades. La ahora recurrente presentó una oferta que sumaba 47.158,88 euros y un período de finalización de cinco meses y veinte días. La propuesta ganadora alcanzaba los 56.074 euros y un plazo para su terminación que no era inferior al del otro licitador.
El Juzgado estima que el resto de criterios tomados en consideración por la Comisión para la Recuperación de la Memoria Histórica “son totalmente arbitrarios y caprichosos”. Hasta el punto de que aparte de no indicarse las razones por las que el proyecto elegido se ajusta más en el fondo y forma a los requisitos, “tampoco se establecieron previamente los respectivos pliegos rectores de procedimiento”.
Otro tanto ocurre con los perfiles del equipo propuesto que resultó ganador o que no se explicara por qué el precio de la adjudicataria, superior al del recurrente y levemente inferior al máximo fijado, es sin embargo calificado como “el más económico”.
El Juzgado determina que los únicos parámetros que se debían tener en cuenta eran el presupuesto y el plazo “y no otros inventados por la Comisión”. En cuanto a las consecuencias directas de la resolución judicial se apunta que aunque en términos generales la anulación de un concurso depende de la Administración Pública y no de los tribunales, en este caso concreto, queda claro que el recurrente presentó la oferta más ventajosa.
Por ello, se recuerda que existe jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) que avanza en el sentido de que en situaciones parecidas los órganos judiciales pueden adjudicar directamente el concurso. No obstante el fallo no es firme y por ello se deja la última palabra en manos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
La pasada semana, durante un pleno del Ayuntamiento en el que se rechazó una moción del PP para zanjar la polémica sobre el conjunto escultórico del Monumento a Franco, la alcaldesa, Patricia Hernández, indicó que al coste del estudio encargado por el anterior gobierno CC-PP, hay que sumar la indemnización al recurrente que ha logrado que el Juzgado le dé la razón.
