PLANETA CANARIO
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado la reapertura de la causa abierta contra 21 vecinos de Güimar a instancias del Ministerio Fiscal por la posible comisión de delitos contra la ordenación del territorio, supuestamente consumados en la ampliación, con diversas obras, de las casas cueva de la barriada marinera de Cho Regino, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
En un auto dictado el 8 de enero, dicho tribunal ha estimado el recurso del Ministerio Fiscal contra la decisión del Juzgado de Instrucción Número 2 de Güímar de sobreseer provisionalmente la causa. La Sala de la Audiencia rechaza que se siga tramitando como denuncia colectiva, pero ordena que el proceso se instruya separando las piezas o diligencias “por cada uno de los hechos denunciados”.
Los hechos a los que alude la investigación se refieren a la ampliación de viviendas no autorizadas por parte de los vecinos de la barriada consolidada conocida como Cho Regino, junto al Puertito de Güimar, y construcciones ubicadas junto a las calle de Toninas y avenida del Litoral de Agache, también en este municipio tinerfeño, “que podrían afectar a las servidumbres costeras del dominio público marítimo terrestre.
En el caso de Cho Regino, setía en el sureste del espacio natural protegido del Malpaís, recogido en el Plan Especial de la Reserva en la Zona de Uso Moderado y dentro de la Línea de la Zona de Servidumbre de protección, detalla la Sala.
Se trata de viviendas construidas sobre las cuevas preexistentes para el aprovechamiento pesquero del litoral, y otras como construcciones de ocio sobre el terreno protegido.
Estas casas, agrega el auto, “conforman un núcleo urbano no autorizado, que se ha ido ampliando y consolidando con el transcurso del tiempo, contando ya con suministro de energía eléctrica y agua potable y calzada de acceso con alumbrado público, a lo que no ha podido ser ajena la autoridad municipal”.
Recuerda el auto que si bien es posible que estas edificaciones pudieran ser ilegales y perseguibles penalmente, los hechos referidos a la construcción ya habrían prescrito, pero no así las obras de ampliación a las que alude la denuncia del fiscal: “Las obras de mejora, reforma, ampliación o vallado denunciadas,realizadas sin licencia y no susceptibles de autorización que han sido objeto de denuncia ante la autoridad administrativa, han venido a perturbar el medio ya deteriorado, constituyendo una nueva agresión y degradación susceptible de tipicidad penal, por afectar al interés general de protección de la consta, la línea marítima y sus servidumbres”, subraya.
“El examen individualizado de cada una de las responsabilidades denunciadas”, expone la Audiencia, “permitirá valorar en cada caso si estamos ante hechos que atacan al bien jurídico protegido, el valor material de la ordenación del territorio, en su sentido constitucional de utilización racional del suelo orientada a los intereses generales y supuestos de desobediencia a la autoridad, si se hubiere desobedecido requerimientos de paralización de obras o si por el contrario estamos ante supuestos de mero incumplimiento normativo, por ser tan mínima la incidencia en el citado interés general”.
