Así son las nuevas restricciones en Tenerife ya en vigor contra la explosión de contagios de covid

Desde este domingo 11 de julio están en vigor una serie de normas como prohibición de la venta de alcohol después de la 22 horas, centros comerciales al 25% de aforo, cierre de parques y playas donde pueda haber botellones, guaguas y tranvías al 33% de su capacidad, cierre de establecimientos a las 23 horas y prohibición de espectáculos multitudinarios

PLANETA CANARIO

Este domingo 11 de julio han entrado en vigor las nuevas medidas  impuestas por el Gobierno canario para tratar de contener y rebajar el grave aumento de contagios de covid-19 que tiene lugar en Tenerife, la isla con peor evolución de la pandemia en la actualidad, con 184 casos de esta enfermedad por 100.000 habitantes en 7 días y 336 en 14 días, así como 3.752 activos, el 68% de los existentes en el Archipiélago.

Tenerife, que presenta los peores datos registrados en toda la pandemia, continúa en nivel de alerta 3, pero reforzado, por acuerdo del Ejecutivo regional, y a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) responda a la petición de que permita el toque de queda de 0:30 horas a 6 de la mañana.

Las nuevas medidas son las siguientes:

Limitación de horarios de apertura al público

En todas las actividades, servicios o establecimientos se establece el cierre total entre la medianoche y las 6:00 horas.

Se exceptúan de esta normas:

a) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Los servicios públicos esenciales, críticos y servicios de transporte público.

c) Los servicios sociales y sociosanitarios.

d) Los centros o clínicas veterinarias.

e) Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustibles para la automoción.

f) Servicios de alquiler de vehículos.

g) Los servicios funerarios y velatorios.

h) Los establecimientos de restauración integrados en centros y servicios sanitarios.

i) La actividad industrial y el comercio mayorista.

j) Servicios de abastecimiento a los servicios y actividades anteriores, así como a establecimientos de alimentación y bebidas.

Limitación del trabajo presencial


Imagen de Karolina Grabowska en Pixabay

La prestación de servicios se realizará, preferentemente, de modo telemático, salvo que la naturaleza de las funciones desempeñadas no lo permitan procurando establecer un sistema de turnos que limite lo máximo posible el contacto entre trabajadores. Se evitará en la medida de lo posible, el consumo de alimentos en espacios interiores.

Transporte público

En las guaguas y tranvías se reduce el aforo al 33% y se reforzarán las líneas de mayor afluencia.

Aforos de centros comerciales

En los centros y parques comerciales el aforo será del 25% del utorizado, tanto en el interior de los establecimientos como en las zonas comunes. Se prohíbe la permanencia de personas en zonas comunes, excepto para el tránsito o la espera para acceder a los establecimientos.

En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, esta limitación debe cumplirse en cada una de ellas.

Espectáculos públicos

Se prohíben las actividades culturales, recreativas, de ocio y esparcimiento, incluidos los deportes, que se desarrollen esporádicamente y en lugares distintos a los establecimientos destinados al ejercicio habitual de dicha actividad y, en su caso, las celebradas en instalaciones desmontables o a cielo abierto, con un número de asistentes superior a 750 personas.

Cuando el número de asistentes sea inferior a 750 personas, se recomienda el aplazamiento de las citadas actividades.

Acampadas y campamentos

Se prohíbe la actividad de acampadas, refugios, albergues no sociales y campamentos con pernoctación.

Venta y consumo de alcohol

Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 22:00 horas, en comercios minorista.

Concentraciones o botellones

Se establece el cierre, en horario nocturno antes de las 22 horas de parques y playas y aquellos otros espacios públicos en los que sea previsible la celebración de botellones o en los que puedan producirse aglomeraciones.

Actuaciones musicales

Se prohíben, en espacios cerrados, los espectáculos con coros, bandas, orquestas u otras agrupaciones musicales en las que no pueda mantenerse el uso continuo de la mascarilla y la distancia de seguridad interpersonal de dos metros, permanentemente. Podrán desarrollarse al aire libre, siempre y cuando se garantice esta distancia entre los componentes y entre estos y el público.

¿Por qué estas restricciones extra en Tenerife?

Realización de una prueba de covid-19 (PCR) en el cribado realizado este fin de semana en Tenerife.

El informe de la Dirección General de Salud Púb lica emitido el 8 de julio, con datos del día anteriore, indica que «en Tenerife existe una transmisión comunitaria de la Covid-19, no controlada, que muestra un ascenso abrupto y rápido, perfilando el ascenso de la cuarta ola de la pandemia en la isl».

La incidencia acumulada es la más elevada de toda la pandemia, superando el que se había registrado el 18 de diciembre: 136,6 casos/105 habitantes

Aunque los datos muestran que la población con valores de incidencia mas elevada es la de 45 y menos años, y en concreto la de 20 a 29 años, lo cierto es que el análisis de los indicadores habituales y de los brotes indica que se están produciendo casos en todos los ámbitos territoriales y grupos de edad, resultado probablemente de la elevada movilidad y del mayor número de contactos estrechos que se producen en este sector de la población y que contribuye a una mayor difusión de la infección.

Se está vigilando estrechamente la evolución de la pandemia en la isla y el impacto que el incremento de la incidencia y el resto de indicadores pueda tener sobre la presión en la asistencia sanitaria; de momento se observa que el número de ingresos en camas convencionales y en las unidades de críticos está ascendiendo.

La cobertura vacunal en los grupos de edad y en el conjunto de la población en Tenerife es comparable a la del resto de islas y a la del resto de España; sin embargo, los datos indican que, con el nivel de transmisión actual, a pesar de que la administración de vacunas ha tenido un impacto positivo en disminuir la presión asistencial y en el grupo de personas mayores, a día de hoy existen personas vacunadas e inmunizadas que se infectan y precisan asistencia hospitalaria, tanto en unidades de críticos como en hospitalización convencional, lo que indica que deben mantenerse medidas preventivas no farmacológicas, necesarias para conseguir el fin de protección de la salud pública, mientras se alcanza una cobertura vacunal óptima, teniendo en cuenta, además, que en cualquier momento se puede producir un incremento de esa presión asistencial.

Debe tenerse en cuenta que el periodo medio en el que se comienzan a observar efectos tras la aplicación de medidas es de 14 días.

Salir de la versión móvil