VICENTE PÉREZ
El Gobierno de Canarias ha sacado a información al publico el anteproyecto de la modificación de la Ley del Suelo y los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, ocho años después de que se promulgara esta normativa tras un intenso debate social y político, entonces también con un Ejecutivo autonómico presidido por Fernando Clavijo (CC).
El anuncio de la apertura del trámite de información pública del anteproyecto de ley se publicó el pasado martes 18 en el Boletín Oficial de Canarias.
La memoria justificativa de esta iniciativa legislativa y el anteproyecto elaborado por el actual Gobierno canario (CC-PP-ASG-AHI) se pueden consultar en la web https://www.gobiernodecanarias.org/planificacionterritorial/materias/exposicion-de-planes-y-normas/exposicion-de-normas/anteproyecto-de-ley-actualizacion-ley-del-suelo/
El consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, Manuel Miranda, asegura en un comunicado que la modificación de esta ley «aportará sin duda mejores herramientas a los ayuntamientos y a los cabildos para proteger el territorio y planificar su desarrollo sostenible con más agilidad y eficacia».
Por su parte, el director general de Ordenación del Territorio y Cohesión Territorial, Onán García, afirma que los principales cambios que se pretenden realizar en esta ley se basan «fundamentalmente en una reducción de los contenidos de los instrumentos de planificación y de los plazos de tramitación, más facilidades para la renovación urbanística y construcción de viviendas, y un endurecimiento de las medidas de protección del territorio.
El Ejecutivo regional justifica la necesidad de actualizar la vigente ley por la experiencia derivada de su aplicación en los ochos años que lleva promulgada, las normas aprobadas con posterioridad – como las leyes sobre cambio climático y por el derecho a la vivienda- y «algunos pronunciamientos jurisprudenciales que afectan a la legislación del suelo, así como la evolución e innovación de los valores que deben tenerse en cuenta para la toma de decisiones territoriales – como el reto demográfico, la cohesión territorial y la renovación urbana-«.
ASÍ SON LOS CAMBIOS PREVISTOS EN LA LEY
El Gobierno canario ha desgranado en un comunicado las principales novedades del anteproyecto de ley con respecto a la que está en vigor:
1 Reducción del contenido de los instrumentos de ordenación.
-Apuesta por la Ordenación Estructural Estratégica frente a la pormenorizada: Se reduce el contenido obligatorio de los planes de ordenación, permitiendo un 40% menos de carga documental en los Planes Generales de Ordenación (PGO).
-Se eliminan distinciones innecesarias entre tipos de planes territoriales (Parciales y Especiales), simplificando su aplicación.
-Se simplifica el contenido de los Proyectos de Actuación y Mejora Urbana enfocados a rehabilitar los suelos urbanos asimilándolo a las ordenanzas municipales.
2 Simplificación de trámites urbanísticos
-Se reducen los pasos burocráticos para aprobar instrumentos de ordenación del territorio, eliminando la fase inicial de “Avance” en los Planes Generales de Ordenación (PGO), haciendo el proceso más rápido.
-Se disminuyen los tiempos de exposición pública, apostando por el mínimo establecido en la Legislación Estatal Básica, pasando de una media de unos 210 días a 160 días en la suma de todas las fases.
-Se simplifican procedimientos de otros instrumentos como proyectos de interés autonómico e insular, programas de mejora urbana y ordenanzas municipales e insulares.
3 Mayores sanciones por daños ambientales
-Se amplía el plazo de actuación de la Agencia de Protección del Medio Ambiente, pasando de 6 a 9 meses para intervenir en infracciones.
-Se endurecen las sanciones por daños ambientales:
Las multas leves pasan de 60 € a 300 €.
Las muy graves pueden llegar hasta 600.000 €.
Se crean procedimientos especiales para revertir daños ambientales graves, como los causados por minería o contaminación marina, con intervención directa del Gobierno de Canarias.
-Se amplía el plazo para la prescripción de la sanción urbanística y territorial, ampliándola de los 4 años actuales a 8 años.
4Mejora de la gestión urbanística
– Se aclaran normas sobre división de terrenos para evitar confusiones en su aplicación. Separación entre segregaciones (suelo rústico) y parcelaciones (suelo urbano y urbanizable).
– Se permite que la Administración acuerde con propietarios la financiación de obras urbanísticas, pudiendo conveniar los gastos de urbanización a cambio de aprovechamiento urbanístico.
– Se establece la “recepción tácita” de las obras de urbanización en casos donde ya exista suministro de servicios públicos (como recogida de basura o agua potable).
– Se redactan de manera más clara las normas que definen los usos ordinarios del para suelo rústico, facilitando su gestión y aplicación.
5 Renovación y modernización urbanas
– Se simplifican los Programas de Actuación y Mejora Urbana (PAMU), con una tramitación más ágil similar a las ordenanzas municipales.
– Se introduce un nuevo instrumento de ordenación llamado Proyecto de Renovación Especial de Suelos Industriales (PRESI), enfocado en reformar y modernizar las áreas industriales de Canarias.
– Mayor aprovechamiento de las zonas consolidadas, a través de las actuaciones de dotaciones, para evitar el consumo de nuevo suelo. Se reducen las cesiones obligatorias de suelo, pasando del 15% al 10%, facilitando la inversión privada en mejoras urbanísticas.
6Fomento de la vivienda pública
-Se aumenta el porcentaje de suelo destinado a vivienda pública:
En suelos urbanizables, pasa del 30% al 40%.
En suelos urbanos consolidados, pasa del 10% al 20%.
-Se incrementa la cesión obligatoria de suelo urbanizable ordenado del 10% al 15%, fortaleciendo el patrimonio público para construir viviendas protegidas.
-Se aclaran las condiciones mínimas para definir los solares, garantizando el acceso a infraestructuras básicas.
-Se clarifican los criterios para modificar el uso del suelo urbanizable, manteniendo la misma filosofía de ordenación, pero permitiendo más flexibilidad, sin consumir más suelo.
7 Apoyo a municipios ante el reto demográfico
– Se establecen normas más flexibles para la construcción en suelo rústico de asentamiento, especialmente en municipios con menos de 10.000 habitantes.
– Se eliminan criterios estrictos sobre crecimiento poblacional para evitar el despoblamiento rural.
– Se permite la centralización de servicios básicos para varios asentamientos rurales cercanos.
– Se incentiva el uso de energías renovables y sistemas de depuración autónomos en edificaciones rurales.
– Se declara el apoyo al desarrollo de estos municipios como interés general, lo que facilita la obtención de ayudas y subvenciones.
8 Refuerzo al sector primario (agricultura y ganadería)
– Se permite la construcción de viviendas unifamiliares en asentamientos agrícolas, siempre que estén vinculadas a una actividad agraria real.
– Se aclaran los usos permitidos en suelo rústico, diferenciando entre actividades principales y complementarias.
– Se autoriza el desarrollo de actividades turísticas en asentamientos rurales, bajo regulación específica.
– Se refuerza el principio de «autorizado todo lo que no es té expresamente prohibido», dando más seguridad jurídica y mayor flexibilidad para el sector primario.
