Ratificada una pena de 5 años de prisión por robar en un centro comercial y ‘secuestrar’ al vigilante

El TSJC acepta que la principal prueba es el análisis de ADN de la sangre hallada que tiene 33.000 trillones de posibilidades de ser del acusado

NOÉ RAMÓN

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ratifica la condena impuesta por la Audiencia Provincial a Yeray C. A. que suma cinco años de cárcel y el pago de 1.440 euros por considerarlo autor de un delito de robo con violencia y detención ilegal. Los hechos tuvieron lugar en la noche del 29 de agosto de 2017 cuando, con otras tres personas que no han sido identificadas, el joven accedió a un centro comercial situado en la localidad de Ten Bel, en Arona, y redujo al vigilante. Para ello lo amarraron por los pies y las manos con bridas y cinta americana, estado en el que permaneció el conserje hasta que fue descubierto y liberado sobre las seis de la mañana.

El TSJC rechaza los argumentos de la defensa como son su disconformidad con los resultados del análisis de ADN, errores en la cadena de custodia de las muestras y que la condena se basa en «pruebas insuficientes, vagos indicios y ausencia de garantías legales».

Por el contrario el TSJC da por probado que el acusado se dirigió a un local comercial dedicado a la venta de alcohol y tabaco y con un instrumento contundente forzó los candados. A continuación entró en el almacén tras romper la cerradura y desancló la caja fuerte tasada en 1.500 euros en la que supuestamente había dinero. Luego procedió a transportarla fuera del centro a un lugar indeterminado hasta el punto de que nunca se ha llegado a encontrar.

Los dueños del local aseguraron que en el interior había 140.000 euros pero lo cierto es que la sala no considera acreditado este extremo y cifra los desperfectos en el local en apenas 40 euros. Poco tiempo después fallecería el vigilante por lo que la Sala se tuvo que limitar al testimonio que ofreció a los agentes de la Guardia Civil y en sede policial, sin que estuviera presente el abogado del acusado.

La identificación del culpable se basó en los restos de sangre encontrados en el depósito donde estaba la caja fuerte y en el carro hidráulico. El análisis del ADN determinó que la posibilidad de que corresponda al condenado es de treinta y tres mil trillones, por lo que ésta se convirtió en la prueba base que condujo a determina la culpabilidad del joven.

La versión de Yeray C. A. es que en esos días se había peleado con su novia en los pasillos del centro comercial y rompió el móvil contra la pared del negocio por lo que la sangre cayó sobre las cajas de cartón que estaban depositadas en la entrada y que luego fueron llevadas al almacén. Un relato que suscribió su pareja por lo que para la Sala podría ser responsable de un delito de “falso testimonio en causa criminal con preso”, lo que se determinará a partir de ahora. “Esta Sala no otorga credibilidad a la declaración de la testigo, no ya porque la relación sentimental que le vincula al acusado ponga en duda su imparcialidad y objetividad de su testimonio por un pretendido propósito de exculpar a su pareja, sino porque éste resulta desvirtuado con los datos objetivos que obran en la causa”.

Uno de los guardias civiles que actuó como testigo conocía a Yeray C. A. por haber estado relacionado en otros delitos y dijo que días antes lo vio comprar una pata de cabra, tal y como se pudo comprobar luego al acceder a la correspondiente factura. El acusado se encuentra desde 2018 privado de libertad y no es la primera vez que resulta condenado por delitos contra el patrimonio. Ahora le queda la posibilidad de recurrir ante el Supremo.

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