VICENTE PÉREZ
Esto va en serio. Las policías locales están haciendo cumplir las restricciones del estado de alarma en cuanto a la libertad de movimientos y la actividad económica. El artículo 20 del del real decreto, que se publicó la noche del sábado 14 de marzo en el Boletín Oficial del Estado, recoge que quien incumpla las normas de esta situación excepcional será sancionado.
Y ya están llegando las primeras multas este domingo. En Santa Cruz de Tenerife, tres jóvenes han sido parados y multados por agentes de la Policía Local cuando circulaban en bicicleta por el carril bici. Y es que las actividades deportivas están prohibidas. Como norma general, todo el mundo debe permanecer en casa y salir a la calle solo para casos de necesidad.
¿Y para qué sí está permitido salir a la calle? Pues para ir y venir al trabajo (si su empresa no está obligada a cerrar); para comprar alimentos, medicinas y otros productos de primera necesidad; para ir al médico; para cuidar a mayores, menores, dependientes, personas discapacitadas o especialmente vulnerables; para ir al banco a sacar dinero o a una aseguradora; y, aunque no lo ponga el decreto pero lo ha dicho el Gobierno estatal, sacar al perro. Eso sí, siempre en solitario, salvo que haya que acompañar a una persona con dispacidad o por otra causa justificada.
Y a la playa tampoco se puede ir…
Claramente no figura en este listado ir a la playa, por lo que las policías locales ya han tenido que llamar la atención a los bañistas que se han saltado el estado de alarma, como muestra el video que acompaña a esa información, si bien este diario no ha podido verificar en qué municipio concreto se ha producido este hecho.
Bares y restaurantes, entre otras muchas empresas, no pueden abrir, por lo que este domingo ya se han puesto multas a algunos que sí lo han hecho, como ha ocurrido con un caso en el municipio tinerfeño de El Rosario.
Las sanciones por incumplir la normativa de este estado de alarma oscilan entre 100 y 600.000 euros o prisión de tres meses hasta un año, según la gravedad de la infracción.
La tipificación de la infracción como delito contra la protección de la seguridad ciudadana, la salud pública, la protección civil o código penal dependerá del delito en sí y de la valoración que efectúen del riesgo los agentes de la autoridad. Las multas, según la ley de estado de alarma, excepción y sitio, se mantendrán aunque finalice la vigencia de la declaración del estado de alarma.