Condenado un motorista en Tenerife por ir a 148 km/h en una vía donde no podía pasar de 50

La Guardia Civil descubrió a este conductor, de 23 años, circulando con exceso de 98 km/h sobre la velocidad permitida y dio positivo en la prueba de cannabis y anfetaminas, cuyos resultados están pendientes de verificar en laboratorio. Un Juzgado le ha impuesto 8 meses de multa y 10 de privación del permiso de conducir

TF-655, donde el condenado cometió el delito contra la seguridad vial por exceso de velocidad. / GOOGLE MAPS

PLANETA CANARIO

Un motorista acusado de 23 años ha sido condenado en Tenerife, mediante juicio rápido, a una pena de 8 meses de multa y 10 de privación del permiso de conducir, por un delito contra la seguridad vial al circular con exceso de velocidad.

La Guardia Civil, que fue la encargada de la investigación, detectó que circulaba con su motocicleta a la altura del kilómetro 2,6 de la carretera TF-655, que conecta Las Chafiras con Los Cristianos.

El Equipo de Control de Velocidad del Destacamento de Tráfico de Granadilla de Abona lo captó a una velocidad de 148 kilómetros por hora, según el cinemómetro, en un tramo con señalización especifica de 50 km/h. Es decir, circulaba a 98 kilómetros por hora  más que los permitidos en ese tramo.

Seguidamente, los agentes procedieron a darle el alto, y tras realizarle las pruebas de alcohol y de detección de drogas,  arrojaron un resultado positivo en THC (cannabis) y AMP (anfetaminas), que deberán ser ratificados por el laboratorio al que han sido remitidas las muestras de saliva para su correspondiente análisis, según informa la Guardia Civil en un comunicado.

Imagen de archivo de un motociclista. / PIXABAY

La Benemérita recuerda que la velocidad tiene una influencia directa en la ocurrencia y severidad de los accidentes de tráfico, ya que con velocidades de conducción más altas, el número de siniestros y su gravedad aumentan exponencialmente. Además, la capacidad de detención del vehículo está muy relacionada con la velocidad.

En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

 

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