PLANETA CANARIO
España acumula 177.633 casos de coronavirus, según los datos del Ministerio de Sanidad correspondientes al martes 13 de abril, lo que supone 5.092 más que el sábado. En Canarias, con 1.975, el incremento ha sido de 26. Las personas fallecidas ya son 17.489 en el conjunto del Estado, 517 con respecto al día anterior, con 95 fallecidos en el Archipiélago canario (ninguno durante 48 horas, del viernes a la noche del domingo, aunque la estadística posterior a las 20 horas de la jornada dominical ha recogido un fallecido más en las islas).
Como dato positivo, se han curado hasta ahora 64.727 personas (5.618 más que la jornada precedente), 458 en Canarias (11 más).
Nuestro país es el segundo del mundo en víctimas mortales, tras Italia (que se aproxima a 20.000), y segundo también en casos de personas que han dado positivo en COVID-19, después de Estados Unidos, que ya rebasa los 557.000.
INCIDENCIA ACUMULADA EN LOS ÚLTIMOS 14 DÍAS
Por islas, hasta el domingo, según el criterio del área sanitaria en que se declararon las muertes, hay 62 fallecidos en Tenerife; 4 en La Palma; 26 en Gran Canaria y 3 en Lanzarote.
EVOLUCIÓN DE CASOS EN ESPAÑA
EVOLUCIÓN DE CASOS EN CANARIAS
Por comunidades autónomas, la de Madrid sigue siendo la que registra el mayor número número de fallecidos y contagios,seguida de Cataluña.
DATOS POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS (12-4-2020)
EVOLUCIÓN DE CASOS EN EL MUNDO
El número de teléfono de atención por coronavirus COVID-19 habilitado por la Consejería de Sanidad del Gobierno canario es el 900 112 061. El teléfono 1-1-2 es solo para emergencias.
Hay que recordar que, por el estado de alarma, está prohibido salir a la calle, excepto para las siguientes actividades.
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justicación.
